Resolución Exenta N° 56 de 2015

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 56 de 2015, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
30-06-2015
Materia
Establecimiento de oficina de atención de público en Alto Hospicio, dependiente de I Dirección Regional Iquique
Normas citadas
DL7, art. 7; Código Tributario (DL 830), art. 6; Ley 18.575, art. 41
Criterio
Se establece una oficina de atención de público en Alto Hospicio, dependiente de la I Dirección Regional Iquique, para mejorar la atención a contribuyentes domiciliados en comunas específicas. Se delega en el Director Regional las facultades para la puesta en marcha, organización y funcionamiento del nuevo recinto.
Tribunal: Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Jurídica Fecha: 30 de junio de 2015 Materia: Establece oficina de atención de público en la comuna de Alto Hospicio, dependiente de la I Dirección Regional, Iquique, y delega facultades que indica --- - Lo dispuesto en las letras h), i) y ñ) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, del Ministerio de Hacienda, de 1980; - El artículo 41 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido coordinado y sistematizado se contiene en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1-19653, de 13 de diciembre de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; - El artículo 6°, letra A), N° 3 del Código Tributario contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830 de 1974. --- PRIMERO. Que las letras h), i) y ñ) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos facultan a esta Dirección para: - Administrar los bienes del Servicio sin sujeción a lo dispuesto en el D.L. N° 1939 de 1977 - Encargar al personal, además de las obligaciones y funciones propias del cargo, el cumplimiento de otras obligaciones y funciones de acuerdo con la Ley Orgánica del Servicio - Fijar y modificar la organización interna de sus unidades, asignándoles personal necesario - Fijar y modificar sus sedes, jurisdicciones territoriales y dependencias, y sus atribuciones y obligaciones, sin que el ejercicio de esta facultad pueda originar modificaciones de la Planta y estructura del Servicio SEGUNDO. Que el artículo 41 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, regula la delegación de facultades propias. TERCERO. Que el artículo 6°, letra A), N° 3 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830 de 1974, faculta al Director del Servicio para autorizar a los Directores Regionales para resolver determinadas materias o hacer uso de alguna de sus atribuciones, actuando por orden del Director. CUARTO. Que por ser necesario para prestar una mejor atención a los contribuyentes domiciliados dentro de sus límites jurisdiccionales, resulta pertinente dotar a la I Dirección Regional, Iquique, de un local de atención de público en un recinto distinto al que ocupa la sede regional, respecto de contribuyentes con domicilio informado en las comunas que se señalan en lo dispositivo de esta resolución. --- PRIMERO. Establécese una oficina destinada a la atención de público en la I Dirección Regional, Iquique, que estará ubicada en la comuna de Alto Hospicio, cuya administración, supervisión y responsabilidad dependerá del Director Regional de esa Unidad. SEGUNDO. El nuevo establecimiento estará dispuesto para la atención de los contribuyentes cuyo domicilio informado ante este Servicio corresponda a las comunas de: - Alto Hospicio - Pozo Almonte - Pica - Huara - Colchane TERCERO. Los trámites que se podrán realizar en las nuevas dependencias de atención de público serán los que se señalan en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de esta resolución. CUARTO. Delégase en el Director Regional de la I Dirección Regional, Iquique, las facultades establecidas en las letras h), i) y ñ) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos para el solo efecto de la puesta en marcha, organización y funcionamiento del nuevo recinto de atención de público. Esta delegación será ejercida por el Director Regional de la I Dirección Regional, Iquique, señalando el número y fecha de la presente resolución en cada uno de los actos que en virtud de ella realice. En la documentación que firme el delegado en uso de las facultades delegadas en esta Resolución, deberá registrarse, antes de la firma, la frase "Por orden del Director." --- | Categoría | Trámite | |---|---| | Iniciar actividades y obtener RUT | Iniciar actividades Personas jurídicas | | | Iniciar actividades Personas naturales | |

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