Resolución Exenta N° 57 de 2016

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 57 de 2016, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
22-06-2016
Materia
Eliminación de cobros por copias de formularios tributarios, cédulas RUT y certificados de avalúo fiscal
Normas citadas
DL7|1980, art. 1; DL7|1980, art. 4 bis; DL7|1980, art. 7; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Elimina los cobros por copias de formularios tributarios (22 y 29), cédulas RUT y certificados de avalúo fiscal, homologando su emisión gratuita con la disponibilidad en el sitio web del SII. La medida aprovecha los avances tecnológicos para generar ahorros de recursos tanto para el Servicio como para los contribuyentes.
Tribunal: Servicio de Impuestos Internos Fecha: 22 de junio de 2016 Materia: Deja sin efecto cobros por copias y certificados; deroga resoluciones que los establecen --- - Artículos 1°, 4° bis y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 15 de octubre de 1980. - Artículo 6°, letra A), N° 1 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del Decreto Ley N° 830, de 1974. --- 1° Que la letra b) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, y el artículo 6°, letra A) N° 1 del Código Tributario, facultan al Director del Servicio para interpretar administrativamente las disposiciones tributarias, fijar normas, impartir instrucciones y dictar órdenes para aplicación y fiscalización de los impuestos. 2° Que el inciso 1° del artículo 4° bis de la Ley Orgánica del Servicio establece que el Servicio de Impuestos Internos podrá relacionarse directamente con los contribuyentes y éstos con el Servicio, a través de medios electrónicos, entendiendo por tales aquellos que tienen capacidades eléctricas, digitales, magnéticas, inalámbricas, ópticas, electromagnéticas u otras similares. Los trámites y actuaciones que se realicen a través de tales medios producirán los mismos efectos que los trámites y actuaciones efectuados en las oficinas del Servicio o domicilio del contribuyente. 3° Que la Resolución Exenta N° 700, de 28.01.1998, fijó el monto a que se encuentra afecto el otorgamiento de copias computacionales y de copias autentificadas del Formulario 29 de Declaración y Pago Simultáneo "Mensual" y del Formulario 22, de Impuestos Anuales a la Renta. 4° Que, mediante Resolución Exenta N° 810, de 30.01.1998, modificada por la Resolución Exenta N° 49, de 16.05.2005, se fijó el monto a que se encuentra afecto el otorgamiento de copias y duplicados de Cédula de Rol Único Tributario y estableció asimismo excepciones. 5° Que la Resolución Exenta N° 5.941, de 02.09.1999, dispuso el cobro y fijó el precio de los certificados de avalúo fiscal de bienes raíces que el Servicio proporcione. 6° Que el uso de los medios tecnológicos permite un importante ahorro de recursos tanto para el Servicio como para los contribuyentes. Asimismo, la información que se envía a través de Internet se efectúa a través de un sistema que garantiza su debido resguardo, evitando que un tercero pueda acceder a los datos que se están transmitiendo. 7° Que, por Resolución Exenta N° 56, de 22.06.2016, se "Incorpora y regula el uso de Cédula Rut Electrónica o e-Rut", y se dispone que la Cédula Rut Electrónica sea gratuita toda vez que su emisión será realizada en forma electrónica, y podrá ser descargada por el contribuyente o representante legal, previa autentificación en el sitio web del Servicio, www.sii.cl, con su clave secreta y estando realizadas las acreditaciones de la representación respectiva. 8° Que adicionalmente este Servicio ha determinado innecesario mantener vigente el cumplimiento de la obligación de cobro de copias computacionales y copia autentificada de los Formularios 22 y 29, y de los certificados de avalúo fiscal que se emiten en las oficinas del Servicio, y estima imprescindible uniformar y homologar su emisión gratuita con los que se expiden desde el sitio web del Servicio, accediendo con su clave secreta a www.sii.cl. --- 1° Déjase sin efecto los cobros dispuestos en el otorgamiento de: - Copias computacionales y copias autentificadas del Formulario 29 y 22 - Copias y duplicados de Cédula de Rol Único Tributario - Certificados de avalúo fiscal de bienes raíces 2° Deróganse las Resoluciones Exentas: | Número | Fecha | Observaciones | |---|---|---| | N° 700 | 28.01.1998 | — | | N° 810 | 30.01.1998 | Modificada por Res. Ex. N° 49, de 16.05.2005 | | N° 5.941 | 02.09.1999 | — | 3° La presente resolución tendrá vigencia a partir del 01.07.2016. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL

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