Resolución Exenta N° 60 de 2025

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 60 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
07-05-2025
Materia
Autorización como receptores electrónicos de documentos tributarios electrónicos a organismos públicos
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 54; Ley del IVA (DL 825), art. 56; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Se autoriza a cinco Organismos Públicos como receptores electrónicos de documentos tributarios electrónicos a contar de mayo de 2025, habiendo cumplido los requisitos establecidos en la Resolución Exenta N° 63 de 2004. Los organismos autorizados deberán ajustarse a las instrucciones impartidas en dicha resolución, actualizada por la Resolución Exenta N° 91 de 2017.
Emisor: Subdirección de Asistencia al Contribuyente, Servicio de Impuestos Internos Fecha: 07 de mayo de 2025 Materia: Autorización como receptor electrónico de documentos tributarios electrónicos a organismos públicos --- Lo dispuesto en: - Artículo 6°, Letra A), Nº 1, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. Nº 830, de 1974 - Artículos 54 y 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo 1° del D.L. Nº 825, de 1974 - Resolución Exenta N° 63, de 15.07.2004, modificada por la Resolución Exenta N° 91 del 06.10.2017 - Resolución Exenta N° 72, del 21.08.2015, delegatoria --- PRIMERO: Que la Resolución Exenta N° 63, del 2004, modificada por la Resolución N° 91, del 2017, estableció normas y procedimientos de operación para los Organismos Públicos que sean autorizados como Receptores Electrónicos de Documentos Tributarios Electrónicos. SEGUNDO: Que el Organismo Público que se detalla en el resolutivo primero ha postulado como receptor de Documentos Tributarios Electrónicos y ha cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 63, de 15.07.2004, para tal efecto. TERCERO: Que por medio de la Res. Ex. SII Nº 72, del 21.08.2015, se delegó en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente la facultad de autorizar a Organismos Públicos como receptores de Documentos Tributarios Electrónicos. --- PRIMERO: Autorízase como receptor electrónico, a contar del mes de mayo de 2025, a los siguientes Organismos Públicos: | Organismo | RUT | | --- | --- | | Servicio Local de Educación Pública Santa Rosa | 61.981.070-8 | | Servicio Local de Educación Pública del Pino | 61.981.090-2 | | Servicio Local de Educación Pública de Andalién Costa | 61.981.100-3 | | Servicio Local de Educación Pública de Valdivia | 61.981.110-0 | | Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas | 61.981.340-5 | SEGUNDO: Los Organismos Públicos autorizados como receptores de Documentos Tributarios Electrónicos deberán ajustarse a las instrucciones impartidas en la Resolución Ex. SII N° 63, de 15.07.2004, actualizada por la Resolución Ex. SII N° 91, de 06.10.2017. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO

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