Resolución Exenta N° 62 de 2020

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 62 de 2020, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
24-06-2020
Materia
Inclusión de Sempra Energy International Holdings B.V. en nómina de Grandes Contribuyentes
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 6; Ley Orgánica SII, art. 2; Ley Orgánica SII, art. 3bis; Ley Orgánica SII, art. 7
Criterio
Incorporar a Sempra Energy International Holdings B.V. (RUT 59.078.650-0) a la Nómina de Grandes Contribuyentes basado en que el contribuyente enajenó el 100% de la propiedad de Inversiones Sempra Ltda., siendo pagado en moneda extranjera. La Dirección de Grandes Contribuyentes actualiza la nómina según facultades del Director del SII.
| Tribunal | Dirección de Grandes Contribuyentes - Servicio de Impuestos Internos | |---|---| | Fecha | 24 de junio de 2020 | | Resolución | Exenta SII N° 62/2020 | | Materia | Complementación de la Nómina de Grandes Contribuyentes | --- Se consideran los siguientes preceptos legales: - Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración Pública - Artículos 2º, 3 bis, 7º (letras a), b), c), ñ) y q)) y 9º de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo 1º del D.F.L. Nº 7, de Hacienda, de 1980 - Artículo 6º, letra A, Nº 1 del Código Tributario, contenido en el Artículo 1º del D.L. Nº 830, de 1974 - Resolución Exenta SII Nº 143, de 31 de diciembre de 2019 --- Primero. Que el artículo 2º de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos establece que el Servicio está constituido por la Dirección Nacional y su Dirección de Grandes Contribuyentes, ambas con sede en la capital de la República, y por las Direcciones Regionales. Segundo. Que el artículo 3º bis del texto legal citado fija la competencia de la Dirección de Grandes Contribuyentes sobre los contribuyentes calificados como Grandes Contribuyentes por resolución del Director, cualquiera fuera su domicilio. Tercero. Que para efectos de cumplir con lo dispuesto en el artículo 3º bis, mediante Resolución Exenta Nº 143, de fecha 31 de diciembre de 2019, se fijó la Nómina de "Grandes Contribuyentes", sobre la base de los criterios de selección que allí se indicaron, dejándose expresa constancia en ese acto que la Nómina se actualizaría con aquellos contribuyentes cuya inclusión o exclusión autorizara el suscrito. Cuarto. Que el Resolutivo Nº 3 de la Resolución Exenta Nº 143, de fecha 31 de diciembre de 2019, indica que en el ejercicio de sus facultades, según lo prescribe el artículo 3º bis y artículo 7º (letras b), c) y ñ)), ambos de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, el Director podrá calificar como "Grandes Contribuyentes" a quienes no cumplan con los criterios antes mencionados. Quinto. Que en virtud a lo anteriormente señalado, se ha estimado necesario incorporar a la nómina de "Grandes Contribuyentes" a Sempra Energy International Holdings B.V., RUT 59.078.650-0, por existir antecedentes suficientes que sustentan su incorporación, basado principalmente en que el contribuyente ha enajenado en esta misma fecha el 100% de la propiedad de la sociedad Inversiones Sempra Ltda., RUT 77.811.200-0, cuyo precio será pagado en moneda extranjera (Dólares). --- Primero. Complétase la Nómina de Grandes Contribuyentes contenida en el Anexo "A" de la Resolución Ex. SII Nº 143, de 31 de diciembre de 2019, incluyéndose al contribuyente Sempra Energy International Holdings B.V., RUT 59.078.650-0. Segundo. Las Direcciones Regionales u otras unidades del Servicio que, a la fecha de entrada en vigencia de esta Resolución, hayan iniciado la fiscalización o tomado conocimiento, asumido o dado inicio a la tramitación de solicitudes o peticiones administrativas que hubieren sido presentadas por el contribuyente que es incorporado al Anexo A de la Resolución Ex. SII Nº 143, de 31 de diciembre de 2019, por la presente complementación, deberán continuar con los trámites y diligencias propias de dicha fiscalización o solicitud hasta su debido término, informando de ello a la Dirección de Grandes Contribuyentes. Tercero. Actualícese en el sitio web del Servicio (www.sii.cl) el enlace mediante el cual los contribuyentes tienen acceso a la Nómina de Grandes Contribuyentes, dentro del menú "Ayuda", opción "Oficinas y horarios", conforme a la Resolución Ex. SII Nº 143, de 31 de diciembre de 2019. --- Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial en extracto. EL DIRECTOR

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