Resolución Exenta N° 71 de 2025

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Documento
Resolución Exenta N° 71 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
19-06-2025
Materia
Procedimiento para que empresas certificadoras independientes otorguen certificación anual de sostenibilidad tributaria
Normas citadas
21713|2025, art. 1; Código Tributario (DL 830), art. 6; Código Tributario (DL 830), art. 8; DL7|1980, art. 1; DL7|1980, art. 7
Criterio
Establecer el procedimiento mediante el cual las Empresas Certificadoras Independientes registradas ante el SII pueden otorgar certificación anual de sostenibilidad tributaria a contribuyentes que cumplan requisitos de estándares internacionales, buen comportamiento tributario, contribución impositiva objetiva, gobernanza fiscal y reputación alineada. La certificación acredita que las operaciones y estrategias fiscales cumplen con los principios de sostenibilidad tributaria y permite acceso a prórrogas en presentación de declaraciones juradas.
Subdirección de Fiscalización Departamento de Análisis de Riesgos Internacionales y Grupos Empresariales --- Emisor: Servicio de Impuestos Internos Resolución Exenta N° 71 | 19 de junio de 2025 | Santiago Materia: Instrucciones sobre procedimiento para otorgar certificación anual de sostenibilidad tributaria --- Se toman en consideración: - Lo dispuesto en el artículo 1 y las letras a), h) y o) del artículo 7 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (Decreto con Fuerza de Ley N° 7 de 1980 del Ministerio de Hacienda) - Lo establecido en el artículo 6° letra A) del Código Tributario - Los párrafos segundo, tercero y cuarto del N° 18 del artículo 8° del Código Tributario, incorporados por el artículo 1 N° 8, letra c) de la Ley N° 21.713 de 2025 - La Circular 6 del 2025 --- PRIMERO. Que, de conformidad con la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos y el Código Tributario, corresponde al Director interpretar administrativamente las disposiciones tributarias, fijar normas, impartir instrucciones y dictar órdenes para la aplicación y fiscalización de los impuestos. SEGUNDO. Que el Director tiene la facultad de administración y celebración de actos y contratos en representación del Servicio, según lo dispuesto en las letras h) y o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos. TERCERO. Que, conforme al párrafo segundo del N° 18 del artículo 8° del Código Tributario, incorporado por la Ley N° 21.713: CUARTO. Que el proceso de certificación de sostenibilidad tributaria establecido en el N° 18 del artículo 8° del Código Tributario tiene por finalidad promover relaciones de cooperación y transparencia entre los contribuyentes y la administración tributaria, consolidando una cultura de cumplimiento tributario sostenible en el tiempo. Su implementación genera beneficios múltiples: Para los contribuyentes: - Acceso a mayores niveles de certeza jurídica - Fortalecimiento de sistemas de control interno - Anticipación y mitigación de riesgos fiscales - Reconocimiento público del cumplimiento tributario responsable mediante certificación e inclusión en el Registro de Transparencia Tributaria - Proyección de imagen positiva frente a la ciudadanía Para el Servicio de Impuestos Internos: - Facilitación del acceso a información estructurada - Optimización de recursos de fiscalización - Promoción de niveles más altos de cumplimiento voluntario Dichos beneficios refuerzan la necesidad de contar con un procedimiento claro, técnico y transparente para acceder a esta certificación y asegurar su efectividad. El Servicio de Impuestos Internos podrá otorgar prórrogas para la presentación de declaraciones juradas cuando el contribuyente, o el grupo empresarial, se encuentre certificado en sostenibilidad tributaria o haya suscrito un acuerdo de cooperación conforme a lo dispuesto en la presente resolución. QUINTO. Que, en virtud de lo anterior, corresponde al Servicio de Impuestos Internos impartir las instrucciones necesarias para establecer el procedimiento mediante el cual los contribuyentes podrán obtener la certificación anual de sostenibilidad tributaria, regulando sus etapas, condiciones, plazos y requisitos, así como los efectos de su otorgamiento, renovación y eventual exclusión. --- Se establece el siguiente procedimiento para que las Empresas Certificadoras Independientes (ECI) puedan otorgar Certificación Anual de Sostenibilidad Tributaria a los Contribuyentes. --- Los contribuyentes que deseen obtener la certificación anual de sostenibilidad tributaria, que acredita que sus operaciones y estrategias fiscales cumplen con los principios definidos en el N° 18 del artículo 8° del Código Tributario, podrán solicitarla a través de una Empresa Certificadora Independiente registrada ante el Servicio de Impuestos Internos (en adelante, "ECI Registrada"). La solicitud podrá ser presentada por: - Un contribuyente individual - Un grupo de contribuyentes pertenecientes al mismo grupo empresarial (en adelante, "GE"

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