Resolución Exenta N° 73 de 2021

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Documento
Resolución Exenta N° 73 de 2021, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
01-07-2021
Materia
Procedimiento de postergación del pago del IVA por efectos de la pandemia COVID-19
Normas citadas
DFL7, art. 1; Ley del IVA (DL 825), art. 64; Código Tributario (DL 830), art. 36; Código Tributario (DL 830), art. 6; Ley de la Renta (DL 824), art. 14
Criterio
Establece procedimiento de postergación del pago del IVA para contribuyentes que acrediten disminución de al menos 20% en operaciones promedio enero-marzo 2021 respecto enero-marzo 2019, con dos regímenes: 12 cuotas para art. 14 letra D) LIR y 6 cuotas para ingresos entre 75.000 y 350.000 UF, pagaderas a partir de octubre 2021.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos, Subdirección de Fiscalización, Departamento de Sistemas de Fiscalización Fecha: 01 de julio de 2021 Materia: Establece procedimiento de postergación del pago del IVA en virtud de los Decretos Supremos dictados a raíz de la catástrofe generada por la pandemia COVID-19 --- Las facultades contempladas en: - Artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N°7 de 1980, del Ministerio de Hacienda. - Artículo 6°, letra A, N°1 y artículo 36 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del Decreto Ley N°830 de 1974, del Ministerio de Hacienda. - Artículo 64 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, Decreto Ley N°825 de 1974, del Ministerio de Hacienda, en relación con el inciso primero del artículo 104 de la Ordenanza de Aduanas, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado mediante D.F.L. N°30 de 2004, del Ministerio de Hacienda. - Artículo segundo de la Ley N°20.416, que "Fija Normas Especiales para las Empresas de Menor Tamaño". Decretos Supremos de excepción constitucional y zonas afectadas: | Decreto | Fecha | Materia | Ministerio | | --- | --- | --- | --- | | DS N°104 | 18.03.2020 | Estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública en todo Chile | Interior y Seguridad Pública | | DS N°107 | 20.03.2020 | Declara zonas afectadas por catástrofe (346 comunas de 16 regiones) | Interior y Seguridad Pública | | DS N°76 | 2021 | Prórroga vigencia DS N°107 | Interior y Seguridad Pública | Decretos Supremos de prórroga de excepción: - DS N°s 269, 400 y 646 de 2020 - DS N°s 72 y 615 de 2021 Decretos Supremos de medidas tributarias: | Decreto | Fecha | Materia | Ministerio | | --- | --- | --- | --- | | DS N°420 | 30.03.2020 | Establece medidas tributarias para apoyar familias, trabajadores y micro, pequeñas y medianas empresas | Hacienda | | DS N°s 553, 842, 1.043 y 1.156 | 2020 | Modifican DS N°420 | Hacienda | | DS N°611 | 2021 | Otorga facultades tributarias a organismos para apoyar familias y MYPYMES | Hacienda | | DS N°s 671 y 997 | 2021 | Modifican DS N°611 | Hacienda | --- PRIMERO. Que a contar del mes de diciembre de 2019 se ha generado una pandemia a consecuencia del virus denominado COVID-19. Esta situación ha provocado daños de consideración, agravándose conforme con la expansión del virus. Lo anterior trae como consecuencia la reducción en las fuentes de ingreso de las personas, e inclusive la pérdida de empleos, afectando a los trabajadores y sus familias. Asimismo, ha repercutido en las empresas del país, especialmente en las de menor tamaño, afectándolas en el normal desarrollo de sus negocios, así como en sus niveles de venta, liquidez y capital de trabajo. SEGUNDO. Que entre otras medidas, a través del Decreto Supremo N°107 de fecha 20.03.2020, del Ministerio del Interior, cuya vigencia se extendió mediante Decreto Supremo N°76 de 2021 del mismo ministerio, se declaró como zonas afectadas por catástrofe a las 346 comunas de las 16 regiones del país. TERCERO. Que por las mismas razones se dictó el Decreto Supremo N°420 de 2020 del Ministerio de Hacienda, el cual estableció medidas de índole tributaria para apoyar a las familias, los trabajadores y a las micro, pequeñas y medianas empresas en relación con las dificultades generadas por la propagación del COVID-19 en Chile. Este decreto ha sido modificado por los Decretos Supremos N°s 553, 842, 1.043 y 1.156, todos de 2020, del mismo ministerio. CUARTO. Que mediante Decreto Supremo N°611 de 2021, que "Otorga facultades en materias de índole tributaria a los Organismos que indica, para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas", modificado por Decretos Supremos N°s 671 y 997 de 2021, todos del Ministerio de Hacienda, se establecen una serie de medidas y procedimientos de carácter tributario en beneficio de las familias y empresas, a fin de apoyarlas con ocasión de la catástrofe que afecta a todo el pa

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