Resolución Exenta N° 74 de 2023

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 74 de 2023, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
28-06-2023
Materia
Reorganiza estructura y competencias de la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII
Normas citadas
DFL7, art. 2; DFL7, art. 3; DFL7, art. 3bis; DFL7, art. 7; DFL7, art. 9
Criterio
Reorganizar la estructura de la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII, adaptándola al Modelo Integrado de Gestión de Cumplimiento Tributario y nuevas políticas de aseguramiento tributario de Grupos Empresariales. Refundir en una única resolución todas las normas que regulan dicha estructura, dejando sin efecto las resoluciones previas incompatibles con la nueva organización.
RESOLUCIÓN EXENTA SII N° 74 Servicio de Impuestos Internos Dirección de Grandes Contribuyentes Fecha: 28 de junio de 2023 Referencia: GE247499 Materia: Reorganiza y fija el ámbito de competencias de las unidades que conforman la Dirección de Grandes Contribuyentes. Deja sin efecto Resoluciones Exentas SII N° 95 de 2010 y sus modificaciones. --- Fundamentos legales: - Artículos 2°, 3°, 3° bis, letras c) y ñ) del artículo 7°, y artículo 9° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (D.F.L. N° 7, de Hacienda, de 1980) - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República (normas sobre exención del trámite de toma de razón en materias de personal) - Resoluciones Exentas SII N° 95 de 2010, N° 62 de 2016, N° 108 de 2016 y N° 146 de 2020 --- PRIMERO. Que la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos encarga a este organismo la fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos, o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco, y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. SEGUNDO. Que de conformidad con el artículo 2° de la citada ley orgánica, el Servicio está constituido por: - La Dirección Nacional - La Dirección de Grandes Contribuyentes - Las Direcciones Regionales Ambas primeras con sede en la capital de la República. TERCERO. Que conforme lo establecen las letras c) y ñ) del artículo 7° de la ley orgánica, al Director le corresponde: - Organizar, dirigir, planificar y coordinar el funcionamiento del Servicio - Dictar las órdenes necesarias o convenientes para la más expedita marcha del mismo - Fijar y modificar la organización interna de las unidades del Servicio, cambiando sus dependencias, atribuciones y obligaciones CUARTO. Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 3° bis y 9° inciso final de la ley orgánica, la Dirección de Grandes Contribuyentes: - Tendrá competencia sobre todo el territorio nacional - Ejercerá jurisdicción sobre los contribuyentes calificados como "Grandes Contribuyentes" por Resolución del Director, cualquiera fuere su domicilio - Al Director de Grandes Contribuyentes se le confieren todas las facultades que la ley, el Código Tributario y otras disposiciones legales otorguen a los Directores Regionales respecto de aquellos contribuyentes contenidos en la Nómina, conforme a las instrucciones del Director QUINTO. Que mediante Resolución Exenta SII N° 95 de 2010 se estableció la organización de la Dirección de Grandes Contribuyentes, fijando las unidades que la conforman y sus respectivas funciones. Esta Resolución fue complementada y modificada posteriormente por las Resoluciones Exentas SII N° 161 de 2010 y N° 36 de 2014. SEXTO. Que mediante Resolución Exenta N° 62 de 2016 se creó el Departamento de Administración de dicha Dirección, suprimiéndose a la vez la Oficina de Administración existente. SÉPTIMO. Que mediante Resolución Exenta N° 108 de 2016 se creó el Departamento de Procedimientos Administrativos Tributarios de la Dirección de Grandes Contribuyentes, autorizándose a su Director para delegar las facultades necesarias para su debido funcionamiento. OCTAVO. Que es necesario modificar la estructura de la Dirección de Grandes Contribuyentes a fin de: - Adaptarse al Modelo Integrado de Gestión de Cumplimiento Tributario - Adecuarse a las nuevas políticas del Servicio respecto a las estrategias para abordar el aseguramiento del cumplimiento tributario de los Grupos Empresariales - Implementar un enfoque en la Responsabilidad Social Tributaria NOVENO. Que atendida dicha modificación y con el fin de facilitar la consulta de las funciones y atribuciones de la Dirección de Grandes Contribuyentes, así como su nueva estructura, resulta conveniente refundir en una sola resolución todas aquellas que regulan la estructura de dicha Dirección y dejar sin efecto aquellas que resulten incompatib

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