Resolución Exenta N° 75 de 2018

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 75 de 2018, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
05-09-2018
Materia
Revocación de autorización a ENTEL PCS para envío de boletas electrónicas por correo electrónico
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 55; Código Tributario (DL 830), art. 6; Código Tributario (DL 830), art. 92
Criterio
Se revoca la autorización otorgada a ENTEL PCS para reemplazar la entrega de boletas electrónicas por envío de su representación impresa por correo electrónico, debido a que durante el período de evaluación de seis meses del plan piloto el contribuyente no hizo uso de la autorización. La resolución entra en vigencia una vez publicada en extracto en el Diario Oficial.
Tribunal: Subdirección de Asistencia al Contribuyente, Departamento de Operaciones, Servicio de Impuestos Internos Resolución: Exenta SII N° 75 Fecha: 5 de septiembre de 2018 Contribuyente: ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A., RUT N° 96.806.980-2 --- Se consideran las siguientes normas y resoluciones: - Artículos 6° letra A) N° 1 y 92 bis del Código Tributario (D.L. N° 830, de 1974) - Artículos 4° bis y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (D.F.L. N° 7, Ministerio de Hacienda, publicado Diario Oficial 15.10.1980) - Artículos 55 y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios de 1974 (D.L. N° 825, de 1974) - D.S. N° 55 de Hacienda, de 1977, Reglamento de la Ley del Impuesto a las Ventas y Servicios - Resolución Exenta SII N° 18, de 2003, modificada por Resoluciones Exentas N° 84 (2005), 157 (2007) y 22 (2016) - Resolución Exenta SII N° 45, de 2003, modificada por Resoluciones Exentas N° 80 y 100 (2014) - Resoluciones Exentas SII N° 61 y 68 (2017) - Resolución Exenta SII N° 19, de 2008, modificada por Resolución Exenta N° 160 (2010) - Resolución Exenta SII N° 6, de 2018 --- 1° Mediante Resolución Exenta SII N° 6, de 18.01.2018, se autorizó a ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A., RUT N° 96.806.980-2, a reemplazar la obligación de entrega de boletas electrónicas (ejemplar impreso de la representación de boleta electrónica o boleta no afecta o exenta electrónica emitida en cualquiera de sus sucursales) por el envío de la representación impresa de la misma por correo electrónico a los compradores de bienes, salvo que estos opten por recibir la representación impresa del documento. Esta autorización se otorgó como plan piloto sujeto a evaluación, por un período de seis meses. 2° Se ha mantenido contacto permanente con el contribuyente durante el período indicado, constatándose que no se hizo uso de la autorización. 3° De acuerdo a lo anterior, corresponde concluir la evaluación y dejar sin efecto la autorización. --- 1° Revócase la autorización a ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A., RUT N° 96.806.980-2, otorgada mediante Resolución Exenta N° 6, de 18.01.2018. 2° La presente Resolución entrará en vigencia una vez publicada en extracto en el Diario Oficial. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO. Fernando Barraza Luengo Director

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