Resolución Exenta N° 76 de 2018

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 76 de 2018, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
05-09-2018
Materia
Suspensión temporal de calidad de Agente Retenedor a contribuyentes por dificultades técnicas de implementación
Normas citadas
DFL7, art. 9; Ley del IVA (DL 825), art. 3; Ley del IVA (DL 825), art. Título IV; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
El SII suspendió temporalmente la calidad de agente retenedor a tres contribuyentes incluidos en la Nómina de Agentes Retenedores (Res. Ex. N° 54/2018) por dificultades técnicas en la implementación de sistemas informáticos para cumplir las retenciones de IVA. La suspensión rige hasta el 30 de noviembre de 2018, de manera excepcional y única, permitiendo que estos contribuyentes no efectúen retenciones durante ese período sin incumplimiento tributario.
Tribunal: Servicio de Impuestos Internos (SII) Fecha: 5 de septiembre de 2018 Materia: Suspensión temporal de calidad de agente retenedor --- Primero. Lo dispuesto en el N° 5, letra B), del artículo 6° del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974; lo dispuesto en el artículo 9° y siguientes del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; el artículo 3° y el Título IV de la Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, D.L. N° 825, de 1974; el Título XIII del D.S. N° 55 de Hacienda, de 1977, que contiene el Reglamento del D.L. N° 825, de 1974; la Resolución Ex. SII N° 42 de 30.04.2018 y la Resolución Ex. SII N° 54 de 29.06.2018. Segundo. Las presentaciones efectuadas en Formulario 2117 por los siguientes representantes de contribuyentes: | Representante | RUT | Empresa representada | RUT | |---|---|---|---| | Bárbara Sánchez Muñoz | 15.524.743-6 | Coca-Cola del Valle New Ventures S.A. | 76.572.588-7 | | Marcelo Pérez Gauna | 11.619.775-8 | Construmart S.A. | 96.511.460-2 | | Vicente Pérez Oyarzun | 16.458.693-6 | Aramark Servicios Mineros y Remotos Limitada | 76.117.696-K | Mediante dichas presentaciones, los contribuyentes solicitantes piden que a sus representados se les prorrogue o extienda el plazo para la implementación del cambio de sujeto establecido en la Resolución Ex. SII N° 42, de 30.04.2018 y la Resolución Ex. SII N° 54, de 29.06.2018. --- Primero. Mediante Resolución Ex. SII N° 42, de 30 de abril de 2018, este Servicio en uso de sus facultades, estableció el cambio de sujeto total de derecho para el cumplimiento de IVA, en aquellos casos de contribuyentes que reiteradamente presentan brechas de cumplimiento tributario asociadas a las obligaciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) o a la facturación electrónica, redefiniéndose los requisitos para obtener la calidad de agente retenedor y de contribuyente sujeto a retención. Segundo. El Resolutivo 3 de la resolución antes citada creó los registros denominados "Nómina de Agentes Retenedores" y "Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención". - El primero corresponde al listado de contribuyentes obligados a actuar como agentes retenedores. - El segundo corresponde al listado de contribuyentes cuyas operaciones gravadas con IVA estarán afectas al cambio de sujeto. Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el Resolutivo 4° de la Resolución Ex. SII N° 42, se emitió la Resolución Ex. SII N° 54 con fecha 29.06.2018, mediante la cual se fijaron las nóminas de agentes retenedores y de contribuyentes sujetos a retención. Cuarto. Las nóminas fijadas por la Resolución Ex. SII N° 54 comenzaron a regir a contar del día 1 de agosto de 2018, hasta el último día hábil del mes de diciembre del presente año. Quinto. Los contribuyentes solicitantes, en conocimiento de encontrarse incluidos en la "Nómina de Agentes Retenedores", requieren se les prorrogue o amplíe el plazo para iniciar las retenciones de IVA a los contribuyentes retenidos en ambas nóminas. Lo anterior, en razón de dificultades técnicas que no han permitido ajustar y sincronizar todos sus sistemas informáticos internos, para que funcionen adecuadamente al momento de emitir una factura de compra. Estas dificultades les imposibilitan realizar las retenciones a que están obligados desde el 1 de agosto del presente año, conforme a lo instruido por las resoluciones ya individualizadas. Sexto. Este Servicio tiene por misión procurar que cada contribuyente cumpla cabalmente sus obligaciones tributarias, aplicando y fiscalizando los impuestos internos de manera efectiva y eficiente, con estricto apego a la legalidad vigente y buscando la facilitación del cumplimiento. --- SUSPÉNDASE TEMPORALMENTE la calidad de agente retenedor, conforme a lo dispuesto por la Resolución Ex. SII N° 42 de 30.04.2018 y Resolución Ex. SII N° 54 de 29.06.2018, para: - Coca-Cola del Valle New Ventures S.A., RUT 76.572.588-7 - Construmart S.A., RUT 96.511.460-2 - Aramark Servicios Mineros y Remotos Limitada, RUT 76.

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