Resolución Exenta N° 76 de 2026

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 76 de 2026, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
09-06-2026
Materia
Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Unidad de Análisis Financiero y el Servicio de Impuestos Internos.
1 SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE OFICINA DE OPERACIONES DE ASISTENCIA GE00376469 MATERIA: Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Unidad de Análisis Financiero y el Servicio de Impuestos Internos. SANTIAGO, 09 DE JUNIO DE 2026 RESOLUCIÓN EXENTA SII N°76.- VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 1° y letra o) del 7°, ambos de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada; la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; el artículo 2 de la Ley N° 20.575 y el artículo 35 del Código Tributario . CONSIDERANDO: 1° Que, corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. Adicionalmente, la letra o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, otorga al Director la atribución de ejecutar los actos y celebrar los contratos que estime necesarios para el cumplimiento de los fines del Servicio. 2° Que, a su vez, la Unidad de Análisis Financiero, creada por la Ley N° 19.913, tiene por objeto prevenir e impedir la utilización del sistema financiero y de otros sectores de la actividad económica para la comisión de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Para ello, le corresponde recibir, solicitar, analizar y diseminar información con el fin de detectar posibles casos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, y difundirlos a los organismos competentes para que adopten las medidas legales pertinentes. 3° Que, en virtud de lo anterior, y del principio de competencia consagrado en el artículo 20 de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, el Servicio de Impuestos Internos y la Unidad de Análisis Financiero han acordado suscribir el presente Add endum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración de fecha 25 de octubre de 2021, destinado al intercambio de información entre ambos para ser utilizada dentro del marco de sus respectivas competencias, y al desarrollo de actividades de coordinación institucional y colaboración recíproca en áreas de interés común que tengan relación con intercambio de información, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. RESUELVO: 1° Apruébase el addendum de Intercambio de Información y Colaboración entre la Unidad de Análisis Financiero y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 19 de mayo de 2026, cuyo texto es el siguiente: “ADDENDUM A CONVENIO DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y COLABORACIÓN ENTRE LA UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS En Santiago, a 19 de mayo de 2026, entre el Servicio de Impuestos Internos, RUT 60.803.000-K, en adelante indistintamente denominado “SERVICIO” o “SII”, representado por su Director, don Jorge Trujillo Puentes, cédula de identidad N° 9.027.474 -0, ambos con domicilio en Teatinos N° 120, Santiago y la Unidad de Análisis Financiero, RUT 61.973.000 -3, en adelante indistintamente denominada “UAF”, representada legalmente por su director, don Carlos Pavez Tolosa, cédula de identidad N° 9.829.898 -3, ambos domiciliados en Moneda 975, piso 15, comuna y ciudad de Santiago, se ha convenido lo siguiente: PRIMERO: Con fecha 25 de octubre de 2021, entre el SERVICIO y la UAF se suscribió un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración destinado a regular la entrega recíproca de información, para ser utilizada dentro del marco de sus respectivas competencias l egales, con el fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las func

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