Resolución Exenta N° 77 de 2016

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Documento
Resolución Exenta N° 77 de 2016, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
09-08-2016
Materia
Aprobación de convenio de colaboración SII y Servicios de Información Avanzada Comercial y Financiera para intercambio de información
Normas citadas
DFL 7/1980, art. 1; DFL 7/1980, art. 7
Criterio
Aprobación del convenio de colaboración entre el SII y Servicios de Información Avanzada Comercial y Financiera para intercambiar información contenida en sus bases de datos, respetando las normas de protección de datos personales y secreto tributario. El intercambio de información es gratuito y las partes se comprometen a implementar medidas de seguridad adecuadas para proteger los datos.
APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Y SERVICIOS DE INFORMACIÓN AVANZADA COMERCIAL Y FINANCIERA --- | | | |---|---| | Tribunal | Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios | | Resolución | Ex. SII N° 77 | | Fecha | Santiago, 09 de agosto de 2016 | | Materia | Aprobación de convenio de colaboración e intercambio de información | --- Lo dispuesto en los artículos 1° y 7°, letras a), c) y o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7 de 1980; Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada; Ley N° 20.575, que establece el Principio de Finalidad en el Tratamiento de Datos Personales; Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública y Resolución N° 1600/2008 de la Contraloría General de la República. --- Primero. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. Segundo. Que los Servicios de Información Avanzada Comercial y Financiera es propietaria, administradora y responsable de un sistema automatizado para el tratamiento de la información que opera bajo especiales condiciones de seguridad y control. Tercero. Que en virtud de lo anterior, y en cumplimiento de sus funciones y en el marco de las normas legales y reglamentarias pertinentes, el Servicio de Impuestos Internos y Servicios Equifax Chile Limitada han acordado suscribir un convenio de colaboración destinado a intercambiar información contenida en los bancos de datos que cada entidad posee y cuyo contenido les pertenece o están facultadas legalmente para administrar. --- Apruébese el convenio de colaboración entre el Servicio de Impuestos Internos y los Servicios de Información Avanzada Comercial y Financiera, celebrado el 19 de julio de 2016, cuyo texto es el siguiente: --- En Santiago, a 19 de julio de 2016, entre el Servicio de Impuestos Internos, RUT 60.803.000-K, en adelante indistintamente denominado el "SERVICIO", representado por su Director, don Fernando Barraza Luengo, con domicilio en Teatinos N° 120, piso 6°, Santiago y SERVICIOS DE INFORMACIÓN AVANZADA COMERCIAL Y FINANCIERA S.A., RUT 76.257.812-3, en adelante indistintamente denominado "SINACOFI", representado por su Gerente General don Fernando Contardo Díaz Muñoz y por don Fernando Mendiburo Irizar, todos con domicilio en Nueva Costanera N° 4091, piso 2, Vitacura, se ha convenido lo siguiente: --- De acuerdo al artículo 1° de su Ley Orgánica, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de Hacienda, de 30 de septiembre de 1980, al SERVICIO le corresponde la aplicación y fiscalización de los tributos internos, para lo cual y en cumplimiento de las disposiciones pertinentes del Código Tributario, Decreto Ley N° 830, de 1974, procesa información de los contribuyentes. En cumplimiento de sus funciones y en el marco de las normas legales y reglamentarias pertinentes, todas las cuales se dan por reproducidas y se entiende fundamento esencial de la celebración del presente convenio, el SERVICIO utiliza determinada información respecto de personas naturales y jurídicas, parte de la cual es organizada en Bases de Datos, mismas que se considera conveniente sean conocidas en el ámbito financiero y comercial, con el único objeto de permitir la evaluación de riesgo comercial y para el proceso de crédito. SINACOFI es propietaria, administradora y responsable de un sistema automatizado para el tratamiento de información que opera bajo especiales condiciones de seguridad y control. En lo principal, este sistema tiene por objeto proveer información para apoyar procesos de crédito al comercio establecido y a las entidades que participen de la evaluación de riesgo co

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