Resolución Exenta N° 8 de 2021

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 8 de 2021, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
27-01-2021
Materia
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre CONAF y SII
Normas citadas
18575, art. 5; 19628, art. 20; 19628, art. 4-16; DFL7, art. 1; DL1263, art. 2
Criterio
Aprobar el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre CONAF y SII, celebrado el 18 de noviembre de 2020, destinado a contribuir a una gestión más eficiente mediante el intercambio de información dentro del marco de sus competencias respectivas. El intercambio se realizará respetando las disposiciones de protección de datos personales, confidencialidad y seguridad de información establecidas en la Ley N° 19.628 y demás normativa aplicable.
Servicio de Impuestos Internos 27 de enero de 2021 Materia: Aprobación de Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Corporación Nacional Forestal y el Servicio de Impuestos Internos --- Se consideran para esta resolución: - Artículo 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada - Artículo 2° del Decreto Ley 1263, de 1974 --- PRIMERO. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. SEGUNDO. Que la Corporación Nacional Forestal tiene como misión contribuir al desarrollo del país a través del manejo sostenible de los ecosistemas forestales y de los componentes de la naturaleza asociados a éstos, mediante: - El fomento, establecimiento, restauración y manejo de bosques y formaciones xerofíticas - Aumento del arbolado urbano - La mitigación y adaptación de los efectos del cambio climático - La fiscalización de la legislación forestal y ambiental - La protección de los recursos vegetacionales - La administración de las Áreas Silvestres Protegidas del Estado para las actuales y futuras generaciones TERCERO. Que el Servicio de Impuestos Internos y la Corporación Nacional Forestal han acordado suscribir el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración, firmado el 18 de noviembre de 2020, con el fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. --- Apruébase el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Corporación Nacional Forestal y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 18 de noviembre de 2020, cuyo texto es el siguiente: --- Santiago, 18 de noviembre de 2020 | Institución | RUT | Representante | Cédula | Domicilio | |---|---|---|---|---| | Servicio de Impuestos Internos (SERVICIO) | 60.803.000-K | Fernando Barraza Luengo | 9.403.994-0 | Teatinos N° 120, Santiago | | Corporación Nacional Forestal (CONAF) | 61.313.000-4 | Claudio Rodrigo Munita Necochea | 5.168.394-3 | Paseo Bulnes N° 285, Of. 501, Santiago | --- La Corporación Nacional Forestal, conforme a lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto Ley 1263, de 1974, es una entidad de derecho privado, dependiente del Ministerio de Agricultura, que forma parte del sistema de administración financiera del Estado. Su misión es contribuir al desarrollo del país a través del manejo sostenible de los ecosistemas forestales y de los componentes de la naturaleza asociados a éstos, mediante: - El fomento, establecimiento, restauración y manejo de bosques y formaciones xerofíticas - Aumento del arbolado urbano - La mitigación y adaptación de los efectos del cambio climático - La fiscalización de la legislación forestal y ambiental - La protección de los recursos vegetacionales - La administración de las Áreas Silvestres Protegidas del Estado para las actuales y futuras generaciones De acuerdo al artículo 1° de su Ley Orgánica, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de Hacienda, de 30 de septiembre de 1980, al SERVICIO le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. En razón de dicho objeto, el SERVICIO obtiene y procesa información de los contribuyentes. En razón de lo anterior, considerando el principio de coordinación consagrado en el artículo 5° de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado,

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