Resolución Exenta N° 80 de 2021

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 80 de 2021, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
09-07-2021
Materia
Aprobación de Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre CIREN y SII
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 35
Criterio
Aprobar el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre CIREN y SII para mejorar la gestión eficiente de sus funciones respecto de recursos naturales y fiscalización tributaria. El intercambio se regirá por protección de datos personales, reserva tributaria y medidas de seguridad conforme a normas vigentes.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Subdirección: Gestión Estratégica y Estudios Tributarios Referencia: GE00169577 Fecha: 09 de julio de 2021 Materia: Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Centro de Información de Recursos Naturales y el Servicio de Impuestos Internos --- - Artículo 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada - Decreto N° 1118, de 1985, del Ministerio de Justicia (que concede personalidad jurídica a CIREN) --- PRIMERO. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. SEGUNDO. Que el Centro de Información de Recursos Naturales (CIREN) es una Corporación de Derecho Privado de duración ilimitada, que tiene por misión generar, integrar y mantener permanentemente actualizada la información de Recursos Naturales y Productivos, para lo que cuenta con información cartográfica geo referenciada. TERCERO. Que en virtud de lo anterior, el Servicio de Impuestos Internos y CIREN han acordado suscribir un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre ambas instituciones, firmado con fecha 12 de mayo de 2021, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas les han asignado. --- Apruébase Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Centro de Información de Recursos Naturales y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 12 de mayo de 2021, cuyo texto es el siguiente: --- Lugar y fecha: Santiago, 12 de mayo de 2021 | Institución | RUT | Representante | Cédula de Identidad | Domicilio | | --- | --- | --- | --- | --- | | Servicio de Impuestos Internos | 60.803.000-K | Fernando Barraza Luengo | 9.403.994-0 | Teatinos N° 120, Santiago | | Centro de Información de Recursos Naturales (CIREN) | 71.294.800-0 | Félix Viveros Díaz | 6.493.584-4 | Av. Manuel Montt N° 1164, Providencia | --- PRIMERO CIREN, Corporación de Derecho Privado de duración ilimitada, cuya personalidad jurídica fue concedida por medio de Decreto N° 1118, de 1985, del Ministerio de Justicia, tiene por misión generar, integrar y mantener permanentemente actualizada la información de Recursos Naturales y Productivos, para lo que cuenta con información cartográfica geo referenciada, la que permitiría mejorar la labor que el SERVICIO realiza. SEGUNDO De acuerdo al artículo 1° de su Ley Orgánica, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de Hacienda, de 30 de septiembre de 1980, al SERVICIO le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. En razón de dicho objeto, obtiene y procesa información de los contribuyentes. TERCERO En razón de lo anterior, considerando el principio de coordinación consagrado en el artículo 5° de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en los artículos 4 al 16 y 20 de la Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, que establecen un marco al procesamiento de la información; CIREN y el SERVICIO acuerdan suscribir el presente convenio destinado al intercambio de información para ser utilizada dentro del marco de sus competencias. Esto último con el fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han encargado. CUARTO CIREN y el SERVICIO, para efectos de cumplir con el inte

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