Resolución Exenta N° 82 de 2025

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Documento
Resolución Exenta N° 82 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
03-07-2025
Materia
Aprobación de Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre SII y Unidad Administradora de Tribunales Tributarios y Aduaneros
Normas citadas
18575, art. 5; 19628, art. 16; 19628, art. 20; 19628, art. 4; 20322, art. 18; 20322, art. 19; 20575, art. 2; Código Tributario (DL 830), art. 130; Código Tributario (DL 830), art. 35; DFL30, art. 125
Criterio
Se aprueba el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el SII y la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, destinado al intercambio de información y desarrollo de actividades de coordinación institucional para mejorar la gestión administrativa en el marco de sus competencias respectivas. Las partes se conectarán mediante redes internet e intranet del Estado, regulándose el intercambio conforme a leyes de protección de privacidad y principios de coordinación entre órganos públicos.
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración Emisor: Servicio de Impuestos Internos Resolución Exenta N° 82, 03 de julio de 2025 Materia: Convenio de intercambio de información entre la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, y del Tribunal de Contratación Pública y el SII --- - Artículos 1° y 7° letra ñ) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada - Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública - Artículo 2 de la Ley N° 20.575 - Artículo 35 del Código Tributario --- PRIMERO Corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. Adicionalmente, la letra ñ) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos otorga al Director la atribución de ejecutar los actos y celebrar los contratos que estime necesarios para el cumplimiento de los fines del Servicio. SEGUNDO La Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, y del Tribunal de Contratación Pública es el órgano encargado de la gestión administrativa de los Tribunales Tributarios y Aduaneros. En tal calidad, debe procurar que éstos dispongan de la información necesaria para optimizar sus procesos operativos. TERCERO En virtud de lo anterior, y del principio de competencia consagrado en el artículo 20 de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, el Servicio de Impuestos Internos y la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, y del Tribunal de Contratación Pública han acordado suscribir un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración firmado con fecha 25 de junio de 2025. Dicho convenio está destinado al intercambio de información entre ambas instituciones para ser utilizada dentro del marco de sus competencias y al desarrollo de actividades de coordinación institucional y colaboración recíproca en áreas de interés común que tengan relación con intercambio de información. El propósito es contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. --- PRIMERO Apruébase el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, y del Tribunal de Contratación Pública y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 25 de junio de 2025, conforme al siguiente tenor: --- Entre la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, y del Tribunal de Contratación Pública y el Servicio de Impuestos Internos Fecha de celebración: 25 de junio de 2025 Lugar: Santiago --- 1. Servicio de Impuestos Internos ("SERVICIO") - RUT: 60.803.000-K - Representado por: Director Javier Etcheberry Celhay - RUN: 4.891.404-7 - Domicilio: Teatinos N° 120, Santiago 2. Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, y del Tribunal de Contratación Pública ("UNIDAD") - RUT: 61.979.490-7 - Representada por: Jefe Pablo Andrés Ibáñez Beltrami - RUN: 13.241.108-5 - Domicilio: Teatinos N° 120, piso 5, Santiago --- PRIMERA La Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, y del Tribunal de Contratación Pública, conforme lo establece el artículo 18 del artículo primero de la Ley N° 20.322, es un órgano funcionalmente desconcentrado de la Subsecretaría de Hacienda. Sus funciones, de conformidad con el artículo 19, comprenden todas aquellas que resulten necesarias para el correcto funcionamiento administrativo de los Tribunales Tributarios y Aduaneros (en adelante "TTA"). En particular, según el artículo 19, N° 4, la UNIDAD gestiona el Si

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