Resolución Exenta N° 83 de 2023

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 83 de 2023, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
03-08-2023
Materia
Delegación de facultades en Subdirector(a) Jurídico(a) y Jefatura del Departamento de Defensa Judicial Penal para atención de solicitudes de información
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 35; Código Tributario (DL 830), art. 6; DL7, art. 7; Ley 18575, art. 41
Criterio
Se delega en el Subdirector(a) Jurídico(a) y en la Jefatura del Departamento de Defensa Judicial Penal las facultades para entregar o denegar información ante requerimientos de autoridades administrativas, organismos públicos y tribunales, según materia y requiriente especificado. Todos los actos administrativos deben consignar la frase 'Por Orden del Director' antes de la firma del delegado.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Fecha: 3 de agosto de 2023 Lugar: Santiago Asunto: Delegación de facultades en Subdirector(a) Jurídico(a) y Jefatura del Departamento de Defensa Judicial Penal --- - Artículo 6° letra A N° 3, del Código Tributario - Letras c), i), j) y r) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (contenida en el artículo primero del D.F.L. N° 7, de Hacienda, de 1980) - Artículo 35 del Código Tributario - Artículo 41 de la Ley N° 18.575 (Bases Generales de la Administración del Estado) - Resolución N° 6 de 26.03.2019 de la Contraloría General de la República --- PRIMERO. El N° 3 de la letra A) del artículo 6° del Código Tributario y la letra j) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio facultan al Director para autorizar a Subdirectores, Directores Regionales u otros funcionarios para hacer uso de algunas de sus atribuciones, actuando "Por orden del Director". SEGUNDO. Que, atendido que las solicitudes de información formuladas a la Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos inciden en materias eventualmente afectas al deber de reserva que afecta a los funcionarios del Servicio, sea en razón de lo establecido en el inciso segundo del artículo 35 del Código Tributario o en lo dispuesto en la Ley N° 19.628 sobre protección a la vida privada o en otros cuerpos legales, es necesario someter tales solicitudes a un análisis técnico adecuado que permita dar respuestas oportunas que se ajusten a la legalidad vigente. TERCERO. Que, a su vez, resulta apropiado delegar en la jefatura del área la facultad de solicitar a otros entes o autoridades de la Administración del Estado la información que resulte necesaria para el desarrollo de las funciones propias de la Subdirección Jurídica. CUARTO. Que, atendido lo anterior, para un mejor cumplimiento de las labores institucionales, se hace necesario adecuar y actualizar las resoluciones delegatorias de facultades vigentes en materia de atención de las solicitudes de información que se formulan a las Unidades de la Dirección Nacional. QUINTO. Las necesidades del Servicio. --- PRIMERO. Revócanse las delegaciones de facultades contenidas en: - Resolutivo quinto de la Resolución Ex. SII N° 95 de 2014 - Resolución Ex. SII N° 1218 de 1991 SEGUNDO. Delégase en el Subdirector(a) Jurídico(a) las siguientes facultades: a) Entregar información o, si corresponde, denegar dicha entrega, ante requerimientos efectuados por autoridades administrativas, en materias de competencia de la Subdirección Jurídica. b) Suscribir comunicaciones u oficios de cualquier naturaleza que se dirijan a autoridades administrativas u organismos públicos, que contengan requerimientos de información necesaria para el desarrollo de funciones propias de la Subdirección Jurídica. c) Suscribir comunicaciones u oficios de cualquier naturaleza respondiendo a los contribuyentes en materias inherentes a la Subdirección Jurídica. Lo anterior, salvo que se trate de asuntos afectos a delegaciones particulares vigentes. d) Entregar información o, si corresponde, denegar dicha entrega, respecto de requerimientos efectuados por todo otro tribunal del país, que no se encuentre comprendido en el resolutivo siguiente. TERCERO. Delégase en la Jefatura del Departamento de Defensa Judicial Penal la facultad de entregar información o, si corresponde, denegar dicha entrega ante requerimientos efectuados por: | Literal | Requiriente | | --- | --- | | a) | Fiscales del Ministerio Público | | b) | Policía de Investigaciones de Chile o Carabineros de Chile, efectuados conforme su función de auxiliar del Ministerio Público en las tareas de investigación penal | | c) | Fiscales militares | | d) | Ministros en Visita Extraordinarios | | e) | Tribunales de Justicia competentes, de forma centralizada, a raíz del "Procedimiento especial para el cobro de deudas de pensiones de alimentos" conforme lo establecido en la Ley N° 21.484, de no encontrarse disponible la información o el sistema intercone

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