Resolución Exenta N° 83 de 2025

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 83 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
03-07-2025
Materia
Autorización de organismos públicos como receptores electrónicos de documentos tributarios electrónicos
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 54; Ley del IVA (DL 825), art. 56; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Se autoriza a seis organismos públicos como receptores electrónicos de documentos tributarios electrónicos a contar de julio de 2025, debiendo cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en la Resolución Exenta SII N° 63 de 2004, modificada por Resolución N° 91 de 2017.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Fecha: 03 de julio de 2025 Lugar: Santiago Asunto: Autorización de Organismos Públicos como Receptores Electrónicos de Documentos Tributarios Electrónicos --- - Artículo 6°, Letra A), Nº 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. Nº 830, de 1974. - Artículos 54 y 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo 1° del D.L. Nº 825, de 1974. - Resolución Exenta N° 63, de 15.07.2004, modificada por la Resolución Exenta N° 91 del 06.10.2017. - Resolución Exenta N° 72, del 21.08.2015, delegatoria. --- 1° Que la Resolución Exenta N° 63, del 2004, modificada por la Resolución N° 91, del 2017, estableció normas y procedimientos de operación para los Organismos Públicos que sean autorizados como Receptores Electrónicos de Documentos Tributarios Electrónicos. 2° Que el Organismo Público que se detalla en el resolutivo primero ha postulado como receptor de Documentos Tributarios Electrónicos y ha cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 63, de 15.07.2004, para tal efecto. 3° Que por medio de la Res. Ex. SII Nº 72, del 21.08.2015, se delegó en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente la facultad de autorizar a Organismos Públicos como receptores de Documentos Tributarios Electrónicos. --- Primero. AUTORÍZASE como receptor electrónico de Documentos Tributarios Electrónicos, a contar del mes de julio de 2025, a los siguientes Organismos Públicos: | Organismo Público | RUT | | --- | --- | | SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL TAMARUGAL | 61.981.030-9 | | SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI | 61.981.040-6 | | SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE COSTA CENTRAL | 61.981.120-8 | | SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE MARGA MARGA | 61.981.050-3 | | SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES | 61.981.260-3 | | AGENCIA NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD | 62.000.560-6 | Segundo. Los Organismos Públicos autorizados como receptores de Documentos Tributarios Electrónicos deberán ajustarse a las instrucciones impartidas en la Resolución Ex. SII N° 63, de 15.07.2004, actualizada por la Resolución Ex. SII N° 91, de 06.10.2017. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO.

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