Resolución Exenta N° 86 de 2017

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 86 de 2017, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
07-09-2017
Materia
Eliminación de obligación de generación y envío del Libro Contable Electrónico de Compras y Ventas
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 0; Código Tributario (DL 830), art. 1; Código Tributario (DL 830), art. 6; Reglamento de la Ley del IVA (D.S. 55/1977), art. 0
Criterio
A partir del período tributario de agosto de 2017, se elimina la obligación de generar y enviar el Libro Contable Electrónico de Compras y Ventas, siendo plenamente aplicable el Registro de Compras y Ventas a todos los contribuyentes del IVA e impuestos adicionales autorizados bajo Contabilidad Electrónica. Para períodos anteriores a agosto de 2017, rige lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 150 de 2005.
Eliminación de la obligación de generación y envío del Libro Contable Electrónico de Compras y Ventas --- Emisor: Servicio de Impuestos Internos, Subdirección de Asistencia al Contribuyente, Departamento de Operaciones Fecha: 7 de septiembre de 2017 Director: Fernando Barraza Luengo --- Lo dispuesto en: - Artículo 6° letra A) N° 1 del Código Tributario, contenido en el Artículo 1° del D.L. 830, de 1974 - Artículos 55, 56 (inciso tercero) y 57 (incisos 1° y 2°) de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, de 1974 - Disposiciones pertinentes del D.S. N° 55, de 1977, Reglamentario de dicha ley - Leyes N° 19.799 y N° 19.983 - Artículo 4° bis del D.F.L. N° 7, 1980, del Ministerio de Hacienda - Ley 20.727 de 2014, de Factura Electrónica - Resoluciones Exentas SII N° 09 (2001), N° 11 (2003), N° 18 (2003), N° 45 (2003), N° 107 (2005), N° 108 (2005), N° 93 (2006), N° 172 (2006), N° 19 (2008), N° 80 (2014), N° 100 (2014), N° 24 (2016), N° 61 y 68 (2017) - Circular N° 32, de 2005 --- 1° Que el resolutivo tercero de la Resolución Ex. SII N° 150 del 29.12.2005 autoriza al Servicio para crear el Libro Contable Electrónico de Compras y Ventas. Conforme a dicho resolutivo, estos libros reemplazan para todos los efectos tributarios a los libros que el contribuyente deba mantener según la ley, así como a los libros adicionales o auxiliares que el Servicio haya establecido. En particular, el Libro de Compras y Ventas generado en formato electrónico por los emisores que cuenten con autorización de Contabilidad Electrónica reemplaza a: - Párrafo 3° del Título IV del D.L. N° 825, de 1974 - Título XIV del Reglamento contenido en el D.S. N° 55, de 1977 2° Que mediante Resolución Ex. SII N° 61, publicada el 12.07.2017, se creó el Registro de Compras y Ventas y se eximió a los contribuyentes de la obligación de llevar libro de compras y ventas o solamente de compras. Esta resolución fue modificada por la Resolución Ex. SII N° 68, de 31.07.2017, ampliando el universo de contribuyentes eximidos a todos los contribuyentes del impuesto al valor agregado y/o impuestos adicionales de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. Conforme al resolutivo 2° de la Resolución Ex. SII N° 61, todos los contribuyentes afectos al IVA y/o Impuestos Adicionales tienen obligación de operar con el Registro de Compras y Ventas mediante el sistema tecnológico que el Servicio pone a su disposición. Esta obligación resulta plenamente aplicable a los contribuyentes autorizados bajo el modelo de Contabilidad Electrónica. 3° Que el Servicio ha estimado necesario impartir instrucciones para la operación de la contabilidad electrónica considerando la entrada en vigencia del Registro de Compras y Ventas. --- 1° A partir del período tributario de agosto de 2017, se elimina la obligación de generar y enviar el Libro Contable Electrónico de Compras y Ventas conforme a lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 150 del 2005. 2° Se deja constancia de que las disposiciones contenidas en las Resoluciones Ex. SII N° 61 y N° 68, ambas de 2017, resultan plenamente aplicables a los contribuyentes autorizados bajo el modelo de operación de Contabilidad Electrónica. 3° Para los períodos anteriores a agosto de 2017, el contribuyente deberá ceñirse a los procedimientos establecidos en la Resolución Ex. SII N° 150 del 2005, respecto de la operación de los Libros Contables Electrónicos de Compras y Ventas. 4° La presente Resolución rige a contar del período tributario de agosto de 2017, coincidiendo con la entrada en vigencia de la Resolución Ex. SII N° 61 de 2017. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO. Fernando Barraza Luengo Director

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