Resolución Exenta N° 86 de 2023

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 86 de 2023, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
17-08-2023
Materia
Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre Tesorería General de la República y Servicio de Impuestos Internos
Normas citadas
18575, art. 5; DFL 7, art. 1
Criterio
Se aprueba el Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Tesorería General de la República y el Servicio de Impuestos Internos, incorporando acceso a los servicios de interoperabilidad de Cartografía Digital 'SII-Mapas' (capa Bienes Raíces-polígonos) para funcionarios previa y nominativamente autorizados. El acceso se prestará mediante servicios WMS y WMTS bajo estándar OGC, conteniendo información de predios del Catastro de Bienes Raíces.
Santiago, 17 de agosto de 2023 Emisor: Servicio de Impuestos Internos (Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios) Referencia: GE254130 Materia: Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Servicio de Tesorerías y el Servicio de Impuestos Internos --- Artículo 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. Nº 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Ley Nº 19.628, sobre Protección de la Vida Privada; Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 1994, del Ministerio de Hacienda. --- PRIMERO Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. SEGUNDO Que el Servicio de Tesorerías es un Servicio Público encargado de custodiar, distribuir los fondos y valores fiscales, y en general, los de todos los servicios públicos, recaudar y cobrar, tanto administrativa como judicialmente, los impuestos, tributos y demás créditos del Sector Público, pagar las obligaciones fiscales y administrar los recursos financieros para el funcionamiento del Estado, además de otras funciones que le asignen las leyes. TERCERO Que en virtud de lo anterior, el Servicio de Impuestos Internos y el Servicio de Tesorerías han acordado suscribir el presente Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre ambas instituciones, firmado con fecha 27 de septiembre de 2021, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. --- Se aprueba el Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Servicio de Tesorerías y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 08 de agosto de 2023, cuyo texto es el siguiente: --- Santiago, 08 de agosto de 2023 --- Servicio de Impuestos Internos | Dato | Valor | |------|-------| | RUT | 60.803.000-K | | Representante | Hernán Frigolett Córdova | | Cédula de Identidad | 6.367.513-K | | Domicilio | Teatinos Nº 120, Santiago | Tesorería General de la República | Dato | Valor | |------|-------| | RUT | 60.805.000-0 | | Representante | Hernán Nobizelli Reyes | | Cédula de Identidad | 12.242.809-5 | | Domicilio | Teatinos 28, Santiago | --- El Servicio de Tesorerías y el Servicio de Impuestos Internos suscribieron un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración con fecha 27 de septiembre de 2021, aprobado por: - Resolución Exenta Nº 6182-TG, de fecha 15 de noviembre de 2021 (TGR) - Resolución EX. SII Nº 117, de fecha 14 de octubre de 2021 (SII) Dicho convenio tiene por objeto el intercambio de información entre ambas instituciones para ser utilizada dentro del marco de sus competencias, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas misiones les han encomendado. El convenio original dispone en su cláusula primera que en caso de que las partes lo estimen necesario se podrá incorporar un nuevo addendum, el que se entenderá parte integrante del convenio, previo análisis y pronunciamiento de las áreas pertinentes a la materia a intercambiar y del área jurídica de cada institución. En razón de lo anterior, considerando: - El principio de coordinación consagrado en el artículo 5° de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Lo dispuesto en la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada - La necesidad de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han encomendado La Tesorería General de la República (TGR) y el Servicio de Impuestos Internos acuerdan modificar el convenio con el objeto de incorporar el acceso al S

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