Resolución Exenta N° 86 de 2025

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 86 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
15-07-2025
Materia
Ajusta nómina de contribuyentes IVA sin domicilio afectos a cambio de sujeto para el período 2025
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 3; Ley del IVA (DL 825), art. 8; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Ajustar la nómina de contribuyentes IVA sin domicilio afectos a cambio de sujeto para el período 2025, excluyendo a SQUARESPACE INC a partir del 1° de agosto de 2025. La exclusión opera conforme a los procedimientos establecidos en la Resolución Ex. SII N° 46 de 2022 y la delegación de facultades al Subdirector de Fiscalización.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos | Subdirección de Fiscalización | Santiago, 15 de julio de 2025 Materia: Ajuste de nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto" (vigencia 1° de enero – 31 de diciembre de 2025) Referencia: GE 333584 --- Se consideran pertinentes las siguientes disposiciones legales: - Artículos 1°, 7° letra b) y j), 4° bis y 9° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (DFL N° 7 de 1980, Ministerio de Hacienda) - Artículos 6° letra A) N° 1 y N° 3 del Código Tributario (DL N° 830 de 1974) - Artículos 3° inciso séptimo, 8° letra n) y 35 A y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (DL N° 825 de 1974) - Circular N° 42 de 2020 y Circulares N° 12 y N° 39 de 2025 - Resoluciones Ex. SII: N° 91 de 2020, N° 167 de 2020, N° 46 de 2022, N° 49 de 2022, N° 20 de 2024, N° 105 de 2024, N° 167 de 2024 y N° 119 de 2024 --- PRIMERO: Que el artículo 3° inciso séptimo de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) faculta al Servicio de Impuestos Internos para disponer, mediante resolución fundada, que los emisores de tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de pago con provisión de fondos u otros sistemas de pago análogos recarguen, retengan, declaren y/o paguen el total o una parte de los impuestos contemplados en dicha ley, respecto de operaciones realizadas por personas naturales o jurídicas u otro tipo de entidades sin personalidad jurídica domiciliadas o residentes en el extranjero que no se hayan sujetado al régimen de tributación simplificada establecido en el párrafo 7° bis y que se solucionen por su intermedio. SEGUNDO: Que mediante la Resolución Ex. SII N° 46 de 2022 este Servicio dispuso el cambio total de sujeto de derecho de IVA y la calidad de agente retenedor del Impuesto al Valor Agregado en los emisores de medios de pago indicados en aquella resolución, respecto de contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile que no se han inscrito en el régimen de tributación simplificada, que presten los servicios a que se refiere la letra n) del artículo 8° de la LIVS, individualizados mediante resolución dictada por el Servicio de Impuestos Internos e incorporados en la nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto". TERCERO: Que el resolutivo 6° de la Resolución Ex. SII N° 46 de 2022 establece el procedimiento de exclusión de contribuyentes: Los contribuyentes respecto de los cuales aplique alguna de las cláusulas de exclusión podrán solicitar al Servicio de Impuestos Internos su exclusión de la nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto" a través de la casilla ivasd.chile@sii.cl, adjuntando toda aquella información, antecedentes y documentos que fundamenten su solicitud. El Servicio resolverá mediante resolución, la cual será comunicada al contribuyente al mismo correo a través del cual presentó su solicitud. Si procediere la exclusión, ésta operará conforme a la siguiente tabla de fechas: | Período de solicitud | Fecha de inicio de exclusión | Fecha de publicación en www.sii.cl | | --- | --- | --- | | 1° de enero a 31 de marzo | 1° de mayo | 15 de abril | | 1° de abril a 30 de junio | 1° de agosto | 15 de julio | | 1° de julio a 30 de septiembre | 1° de noviembre | 15 de octubre | | 1° de octubre a 31 de diciembre | 1° de febrero (año siguiente) | 15 de enero | Nota: Si la fecha de publicación cae sábado, domingo o festivo, la publicación se hará el primer día hábil siguiente. Las exclusiones también podrán operar de oficio, por determinación directa del Servicio de Impuestos Internos en base a la información que éste disponga, y se publicarán en la página web de este Servicio (www.sii.cl), para conocimiento de los agentes retenedores, en las mismas fechas que las exclusiones. Las incorporaciones a la nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto" se publicarán en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl), para conocimiento de los agentes retenedores, en las mismas fechas que las exclusiones.

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