Resolución Exenta N° 87 de 2024

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 87 de 2024, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
30-08-2024
Materia
Reemplazo de formato e instrucciones del formulario 1943 para declaración jurada anual de contribuyentes de primera categoría con contabilidad simplificada y renta presunta
Normas citadas
Ley de la Renta (DL 824), art. 14; Código Tributario (DL 830), art. 33; Código Tributario (DL 830), art. 34; Código Tributario (DL 830), art. 35; Código Tributario (DL 830), art. 6; Código Tributario (DL 830), art. 60
Criterio
Se reemplaza el formato, contenido e instrucciones de la Declaración Jurada Anual (Formulario N° 1943) para contribuyentes de primera categoría acogidos a contabilidad simplificada y renta presunta, derogando la Resolución Exenta N° 127 de 2020. La nueva versión rige a partir del año tributario 2025 respecto de información del año comercial 2024.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos — Subdirección de Fiscalización, Departamento de Diseño de Procedimientos Referencia: GE294252 Fecha: 30 de agosto de 2024 Materia: Reemplaza formato, contenido e instrucciones de Declaración Jurada Anual (Formulario N° 1943) para contribuyentes de primera categoría acogidos a contabilidad simplificada y renta presunta. Deroga Resolución Exenta SII N° 127 de 2020. --- - Artículos 6° letra A N° 1, 33 bis, 34, 35 y 60 del Código Tributario (D.L. N° 830, de 1974) - Artículos 1°, 4 bis y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (D.F.L. N° 7, Ministerio de Hacienda, 1980) - Letra B) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (D.L. N° 824, de 1974 — "LIR") - Resolución N° 127 de 2020 - Resolución N° 70 de 2022 --- 1° Que corresponde a este Servicio la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente; asimismo, fiscalizar en forma eficiente y oportuna la correcta aplicación de las franquicias y beneficios tributarios que la ley establece. 2° Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 bis del Código Tributario, junto con sus declaraciones, los contribuyentes deberán acompañar o poner a disposición del Servicio, en virtud de las disposiciones legales o administrativas que correspondan, documentos y antecedentes. Este Servicio puede, mediante resolución fundada, requerir a los contribuyentes informes o declaraciones juradas sobre materias específicas e información determinada propia del contribuyente o de terceros. 3° Que mediante Resolución Exenta N° 127 de 2020 este Servicio instruyó la obligatoriedad de presentar anualmente la Declaración Jurada N° 1943, denominada: cuyo formato, contenido e instrucciones fueron modificados posteriormente por Resolución Exenta N° 70 de 2022. 4° Que, a raíz del análisis efectuado, por razones de buen servicio y facilitación del cumplimiento tributario, resulta necesario reemplazar el formato y contenido de la Declaración Jurada Anual (Formulario N° 1943), así como sus respectivas instrucciones de llenado. --- Primero: Se REEMPLAZA el formato y contenido de la Declaración Jurada N° 1943, actualmente denominada "Declaración Jurada Anual sobre la asignación de la renta a tributar con impuestos finales y créditos, correspondiente a propietarios de contribuyentes acogidos a contabilidad simplificada según las disposiciones de los artículos 14 letra B) N° 1 y renta presunta 14 letra B) N° 2 de la Ley de Impuesto a la Renta", así como sus correspondientes instrucciones de llenado, por el formato e instrucciones contenidos en los Anexos N° 1 y 2 de la presente resolución. Segundo: Se REEMPLAZA las instrucciones de llenado y el formato de los Certificados N° 57 y 58, contenidos en el Anexo N° 3 de la Resolución N° 127 de 2020, por el formato y contenido contenidos en los Anexos N° 3 al 6 de la presente resolución. Tercero: A contar de la entrada en vigencia de la presente resolución, DÉJASE SIN EFECTO la Resolución Exenta N° 127 de 2020. Cuarto: Los Anexos N° 1 al 6 de la presente resolución se entienden que forman parte integrante de ella y se publicarán conjuntamente en el sitio web de este Servicio: www.sii.cl Quinto: La presente resolución rige a partir del año tributario 2025, respecto de la información del año comercial 2024, en adelante. --- | Anexo | Descripción | |-------|-------------| | N° 1 | Formato Formulario Declaración Jurada N° 1943 | | N° 2 | Instrucciones de llenado de Formulario Declaración Jurada N° 1943 | | N° 3 | Modelo de Certificado N° 57 | | N° 4 | Instrucciones de llenado de Modelo de Certificado N° 57 | | N° 5 | Modelo de Certificado N° 58 | | N° 6 | Instrucciones de llenado de Modelo de Certificado N° 58 | --- Anótese, Comuníquese y Publíquese en Extracto Javier Etcheberry Celhay Director (S) Servicio de Impue

Artículos citados

Descargar PDF

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA