Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
SALDIAS PEÑA con SII
Fecha: 19-11-2015 · Materia: Artículo 97 N° 6 del CT; Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Rechazo de reclamo contra liquidaciones tributarias por deficiencias procedimentales en la presentación de pruebas y falta de justificación de transferencias de fondos entre empresas relacionadas.
Mauricio Saldias Peña reclama contra liquidaciones 132 y 133 de noviembre 2014 del SII VIII Región. Cuestiona un arqueo de caja realizado durante fiscalización, alegando que fue interrogado su padre Sergio Saldias Canales en lugar del contribuyente. Sostiene omisión de pagos por $171.927.230 y que fondos faltantes fueron transferidos a Sociedad Saldias Peña e Hijos Ltda., empresa relacionada que pagó obligaciones. Solicita devolución de $3.988.701.
El tribunal valida el procedimiento de fiscalización, constatando que el contribuyente participó en el arqueo de caja sin manifestar disconformidad. Rechaza argumentos sobre vicios procedimentales por falta de especificación del perjuicio. Respecto a documentos de prueba no aportados oportunamente en la etapa administrativa, los considera desvinculados por incumplimiento del deber de acompañarlos. Confirma que el contribuyente fue sancionado conforme artículo 97 N°6 del CT por incumplimiento a citación 102 de 2014 relativa a presentación de libros contables, comprobantes y antecedentes de remu
Se rechaza el reclamo interpuesto contra las liquidaciones tributarias 132 y 133, confirmándose los actos administrativos impugnados con condena en costas a la parte reclamante.
Concepción, diecinueve de noviembre de dos mil quince.
VISTOS:
Que, a fojas 41 y siguientes, con fecha 9 de marzo de 2015, com parece don Pablo
Palacios Mena, RUT: 6.653.755-2, Abogado, domiciliado en calle Valdivia n° 250, Los Ángeles , en representación procesal de don Mauricio Saldias Peña, RUT n° 13.142.538-4, domiciliado en Laja, Avenida Los Rios n° 428 ; quien interpone reclamo en conformidad a los artículos 123 y siguientes del Código Tributario en con tra de las liquidaciones n°s 132 y 133 de fecha 20.11.2014, emitidas por la VIII Dirección Regional Concepción del Servicio de Impuestos Internos, de acuerdo a los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
Parte el libelo de reclamación detallando las actuaciones relevantes llevadas a cabo en sede administrativa; indicando luego, que los actos administrativos terminales deben ser dejados sin efecto, en primer lugar, porque el arqueo de caja hecho al contribuyente es nulo al haber sido realizado en contravención a la ley.
En cuanto a este punto, indica que los fiscalizadores afirman que las dos declaraciones y los datos del arqueo de caja en ellas contenidos, han sido realizadas por el contribuyente, don Mauricio Saldias Peña, lo cual en sus dichos ; recalca que no fue así, puesto que a la persona que interrogaron y pidieron datos fue a don Sergio Saldias Canales, su padre.
Enseguida, el libelo indica que el contribuyente fiscalizado es don Mauricio Saldias Peña y solo dicha persona debió ser interrogado bajo juramento acerca de sus inversiones, depósitos, bienes y demás antecedentes relacionados con su persona.
Luego, indica que el hecho de que don Sergio Saldias Canales sea el padre de don
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.