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NO HA LUGARCorte de Apelaciones de Santiago · Rol 5832-202121 oct 2021

Barría con Fisco de Chile - Consejo de Defensa del Estado

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol5832-2021
Fecha sentencia21 oct 2021
RecursoProtección
ResultadoNO HA LUGAR
Resuelve a favor deSII

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Recurso de protección del Colegio de Contadores contra el SII por vulneración de derechos fundamentales durante la Operación Renta 2021, rechazado por falta de legitimación activa y ausencia de vulneración actual.

Análisis del SII

La Corte de Apelación de Santiago desestimó el recurso de protección interpuesto por representantes del Colegio de Contadores en contra del Servicio de Impuestos Internos (SII) y el Estado de Chile, por estimar que los recurrentes carecían de legitimación activa y no existir una vulneración actual de los derechos constitucionales alegados. La parte recurrente acusó la vulneración del derecho a la vida e integridad física y psíquica, a la libertad laboral, a desarrollar actividades económicas y a la propiedad, de los contadores y contribuyentes, a consecuencia de diversas acciones y omisiones de los recurridos en el contexto de la primera operación renta en que se aplicaron las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.210 sobre Modernización Tributaria, considerando, especialmente, la situación de emergencia sanitaria vigente a la época. Al respecto, la recurrente alegó supuestas dificultades para el ejercicio de la profesión de contador a consecuencia de la excesiva extensión de las instrucciones del Suplemento Tributario de la Operación Renta AT 2021, al atraso en la emisión del mismo comparado a años anteriores, desperfectos en las plataformas informáticas a las que acceden los contribuyentes y el retraso de la declaración de la profesión de contador como actividad esencial. Por su parte, el SII señaló ante el tribunal que los recurrentes carecían de legitimidad activa por no haber indicado en el recurso de forma individualizada quienes serían los eventuales afectados. Asimismo, alegó la falta de oportunidad del recurso, en consideración a que el Ministerio de Hacienda y el SII implementaron oportunamente medidas destinadas flexibilizar las fechas de declaración y devolución de impuestos. Por último, la autoridad administrativa alegó que no existió una acción arbitraria o ilegal de su parte toda vez que no se acreditó que la dictación de las instrucciones referidas hubieren ocasionado un perjuicio a los recurrentes, así como tampoco que las plataformas informáticas del SII hayan impedido a los contribuyentes cumplir sus obligaciones. La Corte compartió las aseveraciones del SII en relación a que los recurrentes carecían de legitimidad activa, ya que el recurso no identificaba en forma precisa las personas vulneradas en sus derechos en cuyo nombre actuaban. Al respecto, la Corte hizo presente que el recurso de protección no es una acción popular, sino que es una acción dirigida a proteger a un lesionado concreto, específico, individualizado, víctima de un acto u omisión ilegal o arbitraria. Por último, el tribunal declaró no existir una vulneración actual de los derechos alegados, toda vez que, a la fecha de la dictación de la sentencia, los plazos ampliados de la Operación Renta del AT 2021 habían concluido.

Texto de la sentencia

Santiago, veintiuno de octubre de dos mil veintiuno.

PRIMERO: Que, comparece José Luis Enrique Barría Zúñiga y Evelyn Ester Canales Sandoval, ambos contadores, quienes interponen recurso de protección contra del Servicio de Impuestos Internos y del Estado de Chile, por la transgresión de los derechos consagrados en el artículo 19 número 1°, 16, 21 y 24 de la Constitución de la República de Chile.

Exponen que el año 2020 se dictó la Ley 21.210, que introduce modificaciones en toda la legislación tributaria, tanto Ley de Rentas como IVA y al Código Tributario, con efectos inmediatos, y que la misma ley señaló que el SII establecería los criterios oficiales, alcances, y respondería consultas e impartiría instrucciones; y esto los obligó a volver a capacitarse, a través de los cursos ofrecidos por el mismo SII así como por relatores particulares, pero siempre “Sujetos al criterio que defina el SII.”, o sea, sin que existieran certezas en cuanto a cómo debía interpretarse la reforma tributaria.

Indican que quedaron a la espera, como todos los años, de que el SII publicara el “Suplemento Tributario”, el cual justamente daría respuesta a las dudas que plantearan las normas que pudieran ser dudosas así como el funcionamiento de los asistentes de cálculo, declaraciones juradas, entre otras.

Indican que este suplemento salía siempre en diciembre, de modo tal de tener el debido y razonable plazo para estudiarlo, hasta la declaración de renta de abril, pero este 2021, el suplemento salió 1 de marzo de 2021, con más de 360 páginas para estudiar, mientras permanecían en cuarentena obligatoria en casi todo el país; y que no siendo esto ya privativo de la posibilidad de hacer bien su trabajo, debieron soportar que, el día 12 de marzo de 2021 se modificara, mediante la circular 13, con una extensión de alrededor de 400 páginas, sin fe de erratas ni una guía de las modificaciones.

Refieren, que el 24 de marzo vencía el plazo para las declaraciones juradas establecidas justamente en esta reforma y recién el 12 se daban a conocer los criterios oficiales del SII, y a esto se suma que las autoridades gubernamentales determinaron que su profesión no era una actividad esencial para el país y se vieron impedidos de salir a trabajar en casi todo Chile, hasta que a mediados de abril se les consideró esenciales hasta que venciera el plazo de la declaración de renta.

Arguyen que el señor Director del Servicio de Impuestos Internos, don Fernando Barraza Luengo, aun reconociendo públicamente que la página del SII presentaba problemas, ha declarado mendazmente que ya han sido solucionados, pero no es así. Como Colegio de Contadores de Chile AG, tienen decenas de miles de mensajes de contadores dando a conocer innumerables fallas en el sistema informático del Servicio de Impuestos Internos, y que así lisa y llanamente no pueden trabajar.

Indican que hay colegas que, clandestinamente, han asistido a sus oficinas y han terminado con sus oficinas clausuradas y con sumario sanitario, es más, indican que en la desesperación, su profesión pasó a transformarse en ilícita (en los hechos) ya que deben cumplir con sus obligaciones profesionales, pero no se pueden mover y, como es obvio, en una oficina de contabilidad siquiera mediana, se manejan tantos documentos que, es imposible llevarlos todos a la casa para trabajar desde allí.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.

Normas aplicadas

Descriptores del SII

Recurso de Protección – Legitimación activa – Vulneración actual de Derechos Fundamentales – Artículo 20 de la Constitución Política de la República

Cómo resuelve este tribunal

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