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CONTROL PREVENTIVOTC Rol N° 36311 dic 2002

Creación de nuevo nivel de patente pesquera industrial

TribunalTribunal Constitucional
Rol363
CompetenciaControl Proyecto de Ley (Art. 93 N°1)
MateriaPatente pesquera industrial
Fecha sentencia11 dic 2002
ResultadoCONTROL PREVENTIVO según la lectura de BuscadorTributario

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

El Tribunal Constitucional examinó los artículos 2º números 9 y 11 del proyecto que prorroga la Ley Nº 19.713, modifica la Ley General de Pesca en materia de composición del Consejo de Administración Pesquera y crea el Fondo de Administración Pesquero.

Doctrina

Los preceptos contenidos en el artículo 2°, números 9 y 11, del proyecto en análisis, al alterar la organización esencial de los Ministerios y servicios públicos, son propios de la ley orgánica constitucional a que se refiere el artículo 38, inciso primero, de la Carta Fundamental.

Normas

Preceptos impugnadosartículo 146 · Ley General de Pesca y Acuiculturaartículo 173 · Ley General de Pesca y Acuicultura
Constitución invocadaartículo 82

Texto de la sentencia

PROYECTO DE LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA LEY Nº 19.713,

ESTABLECE UN NUEVO NIVEL DE PATENTE PESQUERA INDUSTRIAL E INTRODUCE MODIFICACIONES A LA LEY GENERAL DE PESCA

Santiago, once de diciembre de dos mil dos.

PRIMERO: Que, por oficio Nº4.050, de 10 de diciembre de 2002, la Cámara de Diputados ha enviado el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que prorroga la vigencia de la Ley Nº 19.713, establece un nuevo nivel de patente pesquera industrial e introduce modificaciones a la Ley General de Pesca, a fin de que este

Tribual, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 82,

Nº 1º, de la Constitución Política, ejerza control de constitucionalidad respecto de los números 9 y 11 del artículo segundo del mismo;

SEGUNDO: Que, el artículo 82, Nº 1º, de la Constitución Política de la República establece que es atribución de este Tribunal: "Ejercer el control de la constitucionalidad de las leyes orgánicas constitucionales antes de su promulgación y de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución";

TERCERO: Que, el artículo 2º del proyecto, en lo pertinente, dispone:

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el Tribunal Constitucional, en todas las sentencias de esta base.

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