Aporte adicional de municipalidades al Fondo Común Municipal
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 462 |
| Competencia | Control Proyecto de Ley (Art. 93 N°1) |
| Materia | Rentas municipales |
| Fecha sentencia | 24 nov 2005 |
| Resultado | CONTROL PREVENTIVO según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalEl Tribunal Constitucional resolvió que es constitucional el artículo único del proyecto que introduce una disposición transitoria al Decreto Ley Nº 3.063 sobre rentas municipales, regulando el aporte adicional de municipalidades al Fondo Común Municipal durante 2005.
Doctrina
Son propias de ley orgánica constitucional de Municipalidades las normas que establecen el aporte adicional al Fondo Común Municipal, en virtud de norma previamente declarada LOC.
Normas
Texto de la sentencia
PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE UNA DISPOSICIÓN TRANSITORIA AL DECRETO LEY Nº 3.063, DE 1979, SOBRE RENTAS MUNICIPALES
Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil cinco.
PRIMERO.- Que, por oficio Nº 5.941, de 11 de noviembre de 2005, la Cámara de Diputados ha enviado el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que introduce una disposición transitoria al Decreto Ley Nº
3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, a fin de que este
Tribunal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93,
Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto del artículo único del mismo;
SEGUNDO.- Que, el artículo 93, Nº 1º, de la Constitución Política establece que es atribución de este
Tribunal ejercer el control de la constitucionalidad de las leyes orgánicas constitucionales antes de su promulgación;