Impugnación del artículo 201 numeral 2 del Código Tributario
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 17409/2026 |
| Materia | Codigo Tributario - articulo 201 |
| Fecha sentencia | 11 may 2026 |
| Resultado | OTRO según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe impugnó el artículo 201, numeral 2°, del Código Tributario en gestión ante el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero Región Metropolitana. El Tribunal Constitucional tuvo por evacuado el traslado.
Normas
Texto de la sentencia
Santiago, once de mayo de dos mil veintiséis.
A fojas 226, a lo principal, téngase presente; al otrosí, ténganse por acompañados.
A fojas 249, téngase por evacuado el traslado.
PROVEÍDO POR LA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, MINISTRA SEÑORA DANIELA BEATRIZ MARZI
AUTORIZA EL SEÑOR SECRETARIO ABOGADO (i).
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