Resolución Exenta N° 103 de 2021

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 103 de 2021, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
31-08-2021
Materia
Crea Registro Anual sobre Retenciones art. 42 N°1 y 74 N°1 LIR; exime presentación Formulario 1887
Normas citadas
Ley de la Renta (DL 824), art. 42; Ley de la Renta (DL 824), art. 74; Código Tributario (DL 830), art. 33; Código Tributario (DL 830), art. 34; Código Tributario (DL 830), art. 35; Código Tributario (DL 830), art. 6; Código Tributario (DL 830), art. 60
Criterio
Se crea el Registro Anual sobre retenciones de artículos 42 N°1 y 74 N°1 LIR, confeccionado por el SII con base en información del Libro de Remuneraciones Electrónico de la Dirección del Trabajo. Se exime la presentación del Formulario 1887 ya que el SII generará automáticamente esta declaración jurada a partir del registro vigente al 16 de marzo de cada año.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos | Subdirección de Fiscalización | Oficina de Apoyo Legal Asunto: Crea Registro Anual sobre Retenciones conforme artículos 42 Nº 1 y 74 Nº 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta; exime de presentar Declaración Jurada Formulario Nº 1887 Lugar y Fecha: Santiago, 31 de agosto de 2021 Autoridad: Director, Servicio de Impuestos Internos --- - Artículos 6º letra A Nº 1, 33 bis, 34, 35 y 60 del Código Tributario (Decreto Ley Nº 830 de 1974). - Artículos 1º y 7º de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (D.F.L. Nº 7 de 1980). - Artículos 42 Nº 1 y 74 Nº 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (Decreto Ley Nº 824 de 1974). - Resolución Exenta SII Nº 6836 de 28.12.1993 y sus modificaciones posteriores. - Resolución Exenta SII Nº 46 de 24.05.2016. - Resolución Exenta SII Nº 29 de 09.03.2021 (autoriza llevar Libro de Remuneraciones en forma electrónica). - Resolución Exenta SII Nº 44 de 27.04.2021. - Resolución Exenta Nº 285 de 11.03.2021 de la Dirección del Trabajo. --- PRIMERO: Al Servicio de Impuestos Internos le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. A fin de cumplir con lo señalado, corresponde al suscrito planificar las labores del Servicio y desarrollar políticas y programas que promuevan la más eficiente administración y fiscalización de los impuestos. SEGUNDO: Mediante Resolución Exenta SII Nº 6836 de 1993 y sus modificaciones posteriores, se estableció la obligación de presentar la Declaración Jurada Formulario Nº 1887, sobre rentas del artículo 42 Nº 1 (sueldos), otros componentes de la remuneración y retenciones al Impuesto Único de Segunda Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (en adelante, "IUSC"). TERCERO: A través de la Resolución Exenta SII Nº 46 de 2016, se aprobó el Convenio de Colaboración entre la Dirección del Trabajo y el Servicio de Impuestos Internos, y mediante Resolución Exenta SII Nº 44 de 2021, se aprobó Addendum al referido convenio, con el propósito de recibir de parte de la Dirección del Trabajo la información contenida en el Libro de Remuneraciones Electrónico (en adelante, "LRE"), para la confección y propuesta de la Declaración Jurada Formulario Nº 1887. CUARTO: En virtud de la Resolución Exenta SII Nº 29 de 2021, se autoriza a los contribuyentes a llevar el Libro de Remuneraciones de forma electrónica, en los términos y con los requisitos establecidos por la Dirección del Trabajo mediante Resolución Exenta Nº 285 de 11.03.2021, el que deberá contener al menos la información contemplada en la Declaración Jurada Nº 1887 dispuesta por este Servicio. La Resolución Exenta SII Nº 29 de 2021 agrega que se entenderá cumplida la obligación de timbraje por este Servicio con el envío y recepción conforme de dicha información por la Dirección del Trabajo. QUINTO: Es un objetivo estratégico de este Servicio facilitar el cumplimiento tributario de los contribuyentes, mejorando su experiencia en los distintos canales, especialmente los digitales, automatizando procesos y entregando un servicio que se ajuste a sus necesidades, con propuestas que faciliten la ejecución de sus trámites, disminuyendo sus costos de cumplimiento y aumentando su certeza tributaria. --- PRIMERO: CRÉASE el "Registro Anual sobre retenciones efectuadas conforme a los artículos 42 Nº 1 y 74 Nº 1 de la Ley de Impuesto a la Renta", para los contribuyentes obligados a presentar la Declaración Jurada Formulario Nº 1887, el cual será confeccionado por el Servicio de Impuestos Internos en base a la información contenida en el Libro de Remuneraciones Electrónico (en adelante, "LRE") de la Dirección del Trabajo, la que será permanentemente actualizada. SEGUNDO: Con la información contenida en el Registro Anual vigente al día 16 de marzo de cada año o, cuando este sea inhábil, al primer d

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