Resolución Exenta N° 109 de 2022

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En breve

Documento
Resolución Exenta N° 109 de 2022, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
21-11-2022
Materia
Aprobación de Addendum al Convenio de Colaboración entre Ministerio Secretaría General de la Presidencia y SII
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 35; DFL7, art. 1; L18575, art. 5; L19628, art. 20; L21180, art. 1
Criterio
Aprueba el Addendum al Convenio de Colaboración entre el Ministerio Secretaría General de la Presidencia y el SII celebrado el 17 de octubre de 2022, que incorpora la integración de la Clave Tributaria como mecanismo de autenticación para plataformas del Ministerio y verificación de datos de personas jurídicas en el contexto de la Ley del Lobby. El addendum modifica cláusulas del convenio original de 2015 y establece instancias de coordinación permanente entre ambas instituciones.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Fecha: 21 de noviembre de 2022 Materia: Aprueba Addendum al Convenio de Colaboración entre el Ministerio Secretaría General de la Presidencia y el Servicio de Impuestos Internos --- - Artículo 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada - Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública - Artículo 1°, numeral 6, último párrafo de la Ley 21.180, sobre Transformación Digital del Estado - Ley N° 20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios - Artículo 35 del Código Tributario --- PRIMERO. Corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. SEGUNDO. El Ministerio Secretaría General de la Presidencia, entre otras funciones, tiene por objeto el apoyo en la ejecución de las leyes de la Agenda de Probidad y Transparencia, entre las cuales se encuentra la Ley N° 20.730, en adelante Ley del Lobby. TERCERO. En virtud de lo anterior, y en cumplimiento del principio de colaboración entre organismos públicos consagrado en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y del principio de competencia consagrado en el artículo 20 de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, el Servicio de Impuestos Internos y el Ministerio Secretaría General de la Presidencia han acordado suscribir un Addendum al Convenio de Colaboración firmado con fecha 17 de octubre de 2022. Este Addendum está destinado al intercambio de información entre ambos para ser utilizada dentro del marco de sus competencias, y al desarrollo de actividades de coordinación institucional y colaboración recíproca en áreas de interés común que tengan relación con intercambio de información. Su propósito es contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. --- Apruébase el Addendum al Convenio de Colaboración firmado entre el Ministerio Secretaría General de la Presidencia y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 17 de octubre de 2022, cuyo texto es el siguiente: --- Lugar y fecha: Santiago, 17 de octubre de 2022 | Institución | RUT | Representante | Cédula | Domicilio | | --- | --- | --- | --- | --- | | Servicio de Impuestos Internos | 60.803.000-K | Hernán Frigolett Córdova | 6.367.513-K | Teatinos N° 120, Santiago | | Ministerio Secretaría General de la Presidencia | 60.100.003-2 | Macarena Lobos Palacios | 10.315.314-K | Moneda N° 1160, entrepiso, Santiago | Se ha convenido la siguiente modificación al Convenio de Colaboración suscrito entre ambas instituciones con fecha 30 de enero de 2015. --- El Ministerio Secretaría General de la Presidencia y el Servicio de Impuestos Internos suscribieron un Convenio de Colaboración con fecha 30 de enero de 2015, aprobado por: - Decreto Exento N° 1611, de 7 de abril de 2015, del Ministerio - Resolución EX. SII N° 46, de 13 de mayo de 2015, del Servicio Dicho convenio tiene por objeto el intercambio de información entre ambos, para ser utilizada dentro del marco de sus competencias, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas misiones les han encargado. El acuerdo de voluntades original dispone en su cláusula décima que en caso de que las partes lo estimen necesario se podrá modificar dicho convenio, el que se pondrá en vigencia una vez que se tramite totalmente el acto administrativo que lo apruebe. En razón de lo anterior, considerando: - El principio de coordin

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