Resolución Exenta N° 125 de 2015

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 125 de 2015, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
31-12-2015
Materia
Aprueba Convenio de Colaboración entre Comité de Seguros del Agro y Servicio de Impuestos Internos para intercambio de información
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 1
Criterio
Aprueba el Convenio de Colaboración entre el Comité de Seguros del Agro (AGROSEGUROS) y el Servicio de Impuestos Internos para el intercambio de información dentro del marco de sus competencias, en cumplimiento del principio de colaboración entre organismos públicos y respeto a la protección de datos personales.
Subdirección de Estudios Materia: Aprueba Convenio de Colaboración entre el Comité de Seguros del Agro y el Servicio de Impuestos Internos Fecha: 31 de diciembre de 2015 Santiago --- - Lo dispuesto en los artículos 1° y 7°, letras a), c) y o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7 de 1980. - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. --- PRIMERO. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. SEGUNDO. Que el Comité de Seguros del Agro impulsa, con miras al desarrollo, la promoción, difusión y administración de herramientas para la gestión de los riesgos de la actividad silvoagropecuaria que enfrentan los productores del agro, al tiempo que administra los programas de subsidios estatales para el cofinanciamiento de las primas de seguros y demás instrumentos de cobertura. TERCERO. Que, en virtud de lo anterior y en cumplimiento del principio de colaboración entre organismos públicos consagrado en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y del principio de competencia manifestado en el artículo 20 de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, el Comité de Seguros del Agro y el Servicio de Impuestos Internos han acordado suscribir el presente Convenio de Colaboración destinado al intercambio de información entre ambos, para ser utilizada dentro del marco de sus competencias, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas misiones les han encargado. --- Apruébese el Convenio de Colaboración de fecha 5 de noviembre de 2015, celebrado entre el Comité de Seguros del Agro y el Servicio de Impuestos Internos, cuyo texto es el siguiente: --- En Santiago, a _________ de 2015, entre: | Concepto | Detalle | |---|---| | RUT | 60.803.000-K | | Representante | Juan Alberto Rojas Barranti (Director S) | | RUT Representante | 6.139.308-0 | | Domicilio | Teatinos N° 120, Santiago | | Concepto | Detalle | |---|---| | RUT | 75.971.200-5 | | Representante | Camilo Navarro Ceardi (Director Ejecutivo) | | RUT Representante | 10.862.280-6 | | Domicilio | Paseo Bulnes N° 377, oficina N° 707, comuna de Santiago | --- Se ha convenido lo siguiente: --- El Comité de Seguros del Agro, AGROSEGUROS, es de aquellos a que se refiere el inciso tercero del artículo 7° del Decreto con Fuerza de Ley N° 211 de 1960 que fija normas por que se regirá la Corporación de Fomento de la Producción, y opera bajo su personalidad jurídica. Bajo la letra a) del numeral 1.2 del Reglamento de AGROSEGUROS, aprobado por Resolución (A) N° 13 de 2015, consta que la personería para representar al Comité de Seguros del Agro y a la Corporación de Fomento de la Producción la detenta el Director Ejecutivo del Comité. Se establece que serán beneficiarios del subsidio estatal los productores del agro que cuenten con Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, y sean contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA). AGROSEGUROS desarrolla una política pública de largo plazo que el Ministerio de Agricultura impulsa, con miras al desarrollo, promoción, difusión y administración de herramientas para la gestión de los riesgos de la actividad silvoagropecuaria que enfrentan los productores del agro, al tiempo que administra los programas de subsidios estatal para el cofinanciamiento de las primas de seguros y demás instrumentos de cobertura. De acuerdo al artículo 1° de su Ley Orgánica, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7 de Hacienda de 30 de septiembre de 1980, al Servicio de Impuestos Internos le corresponde la fiscalización y admini

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