Resolución Exenta N° 139 de 2025

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 139 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
10-10-2025
Materia
Autorización excepcional para emisión de guías de despacho electrónicas con glosa general en traslados de mercadería entre bodegas de MercadoLibre Chile Ltda.
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 54; Ley del IVA (DL 825), art. 55; Ley del IVA (DL 825), art. 56; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Se autoriza excepcionalmente a MercadoLibre Chile Ltda. para emitir guías de despacho electrónicas con glosa general en traslados de inventario entre bodegas, respaldadas por Comprobantes de Expedición con trazabilidad logística, bajo condiciones acotadas al período septiembre-octubre 2025 y con resguardo de intereses fiscales. La autorización requiere concordancia exacta entre guías y comprobantes, disponibilidad de anexos detallados para fiscalización, y es revocable ante incumplimiento.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Subdirección de Asistencia al Contribuyente, Departamento Ciclo de Vida Fecha: 10 de octubre de 2025 Materia: Autorización Excepcional para Emisión de Guías de Despacho Electrónicas con Glosa General en Traslados de Mercadería entre Bodegas de MercadoLibre Chile Ltda. --- Lo dispuesto en el artículo 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974. Los artículos 54 y 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo 1° del D.L. N° 825, de 1974. La solicitud presentada por MercadoLibre Chile Limitada, mediante la cual solicita autorización excepcional para emitir guías de despacho electrónicas con glosa general durante el traslado masivo de aproximadamente 70.000 unidades de inventario entre sus bodegas ubicadas en la comuna de Colina, Región Metropolitana y el nuevo centro de distribución en la ciudad de Concepción, Región del Biobío, operación comprendida entre fines de septiembre y comienzos de octubre de 2025. La solicitud contempla que las guías de despacho electrónicas sean emitidas con la siguiente glosa general: en lugar del detalle individual de la carga. Cada guía deberá coincidir con el "Comprobante de Expedición" que constituirá el anexo con información de trazabilidad logística que acompañará a la guía de despacho electrónica correspondiente. --- PRIMERO: Que el artículo 55°, inciso final, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) establece que: SEGUNDO: Que el artículo 56° de la misma ley faculta al Director para autorizar el uso de documentos tributarios que no reúnan los requisitos exigidos por la normativa, cuando por la modalidad de comercialización o prestación de servicios, la emisión de documentos por cada operación pueda dificultar o entrabar las actividades que ellos desarrollan, siempre que se resguarden debidamente los intereses fiscales. TERCERO: Que este Servicio, mediante Oficio Ordinario N° 2058 de 26 de julio de 2023, ya reconoció el modelo de negocio de marketplace de la consultante y autorizó el traslado de mercadería de consignantes entre bodegas con emisión de guía de despacho electrónica "por cuenta y orden del vendedor". CUARTO: Que la solicitud presentada se refiere específicamente a un traslado masivo de aproximadamente 70.000 unidades de inventario desde las bodegas actuales en la Región Metropolitana hasta el nuevo centro de distribución "CLBBP01" en la ciudad de Concepción, operación que se iniciará el 29 de septiembre de 2025. QUINTO: Que la consultante ha fundamentado adecuadamente razones de seguridad y confidencialidad comercial que justifican evitar la exposición del detalle específico de la carga en las guías de despacho. SEXTO: Que se ha propuesto un sistema de control alternativo mediante "Comprobantes de Expedición" que contienen información detallada de trazabilidad logística, incluyendo: - ID del comprobante - Operación - Fechas - Transportista - Vehículo - Operador - Precintos de seguridad - Destino Este sistema será puesto a disposición del Servicio de Impuestos Internos para los fines de fiscalización que estime pertinentes. --- PRIMERO: AUTORÍZASE a MercadoLibre Chile Limitada (RUT: 77.398.220-1) para emitir guía de despacho electrónica con glosa general en el detalle de mercaderías únicamente para los traslados relacionados con la apertura del centro de distribución "CLBBP01" en la ciudad de Concepción. SEGUNDO: Esta autorización tendrá vigencia exclusivamente desde la fecha de solicitud y hasta el 31 de octubre de 2025 y se limita únicamente a los traslados desde la bodega Full en Santiago hasta la bodega "CLBBP01" ubicada en Concepción y eventuales retornos asociados a dicha operación. TERCERO: Las guías de despacho electrónicas autorizadas deberán contener en el detalle la siguiente glosa general: CUARTO: Cada guía de despacho electrónica emitida bajo esta autorización deberá tener concordancia exacta con el respectivo "Comprobante de Expedi

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