Resolución Exenta N° 140 de 2021

Vigente

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Documento
Resolución Exenta N° 140 de 2021, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
28-12-2021
Materia
Aprobación de Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre SII y Sercotec
Normas citadas
18575, art. 5; 19628, art. 20; 19628, art. 4-16; 21180, art. 1; Código Tributario (DL 830), art. 35; DL7, art. 1
Criterio
Aprobar el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre SII y Sercotec, suscrito el 20 de octubre de 2021, destinado al intercambio de información dentro del marco de sus competencias y desarrollo de actividades de coordinación institucional. El intercambio se regirá por los principios de colaboración entre organismos públicos, protección de datos personales y seguridad de información confidencial.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos | Referencia: GE00186688 | Fecha: 28 de diciembre de 2021 --- Lo dispuesto en: - Artículo 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada - Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública - Artículo 1°, numeral 6, último párrafo de la Ley N° 21.180, sobre Transformación Digital del Estado - Artículo 35 del Código Tributario --- PRIMERO. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. SEGUNDO. Que el Servicio de Cooperación Técnica, entre otras funciones, tiene por objeto brindar apoyo a los emprendedores y empresas de menor tamaño a través de asesoría, capacitación y aportes económicos para que logren resultados sostenibles, con el propósito de contribuir con la reactivación económica del país. TERCERO. Que, en virtud de lo anterior, y en cumplimiento del principio de colaboración entre organismos públicos consagrado en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y del principio de competencia consagrado en el artículo 20 de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, el Servicio de Impuestos Internos y el Servicio de Cooperación Técnica han acordado suscribir un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración firmado con fecha 20 de octubre de 2021, destinado al intercambio de información entre ambos para ser utilizada dentro del marco de sus competencias, y al desarrollo de actividades de coordinación institucional y colaboración recíproca en áreas de interés común que tengan relación con intercambio de información, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. --- APRUÉBASE el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Servicio de Cooperación Técnica y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 20 de octubre de 2021, cuyo texto es el siguiente: --- En Santiago, a 20 de octubre de 2021, entre: - Servicio de Impuestos Internos | RUT 60.803.000-K | domicilio: Teatinos N° 120, Santiago | representado por su Director, don Fernando Barraza Luengo, cédula de identidad N° 9.403.994-0 - Servicio de Cooperación Técnica (Sercotec) | RUT 82.174.900-K | domicilio: Huérfanos 1117, piso 9, Santiago | representado por su Gerente General, don Bruno Trisotti Martínez, cédula de identidad N° 13.215.601-8 Se ha convenido lo siguiente: --- PRIMERO. Sercotec es una Corporación de Derecho Privado, dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, regida por sus propios Estatutos. Tiene como misión brindar apoyo a los emprendedores y empresas de menor tamaño a través de asesoría, capacitación y aportes económicos para que logren resultados sostenibles, con el propósito de contribuir con la reactivación económica del país. SEGUNDO. De acuerdo con el artículo 1° de su Ley Orgánica, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de Hacienda, de 30 de septiembre de 1980, al Servicio le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco, y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. Debido a dicho objeto, obtiene y procesa información de los contribuyentes. TERCERO. En razón de lo anterior, considerando el principio de coordinación consagrado en el artículo 5° de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en lo

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