Resolución Exenta N° 149 de 2020

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 149 de 2020, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
30-11-2020
Materia
Ampliación de plazo para declaración municipal de sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros
Normas citadas
DL3063, art. 58bis; Código Tributario (DL 830), art. 1; Código Tributario (DL 830), art. 6; Ley 17.235 — Impuesto Territorial (Contribuciones), art. 3; Ley 17.235 — Impuesto Territorial (Contribuciones), art. 8; Ley 21.078, art. 3
Criterio
Se amplía el período de disponibilidad de la aplicación web para declaración municipal de sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros hasta el 11 de diciembre de 2020, considerando la situación sanitaria que ha retrasado el cumplimiento de esta obligación municipal.
Servicio de Impuestos Internos – Subdirección de Avaluaciones – Departamento de Tasaciones Fecha: 30 de noviembre de 2020 --- - Artículo 6°, Letra A), N° 1 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974 - Artículos 3° y 8° de la Ley N° 17.235 sobre Impuesto Territorial - Decreto N° 47, de 1992, que fija el nuevo texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones - Artículo 58 bis del D.L. N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales - Artículo tercero de la Ley N° 21.078, sobre transparencia del mercado del suelo e impuesto al aumento de valor por ampliación del límite urbano - Resolución Exenta N° 123, de 04 de noviembre de 2019 de este Servicio --- PRIMERO. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso décimo del artículo 3° de la Ley N° 17.235, el Servicio de Impuestos Internos tasará con vigencia a contar del 1° de enero de cada año, los bienes raíces no agrícolas que correspondan a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, ubicados en áreas urbanas. SEGUNDO. Que, mediante Resolución Exenta SII N° 123, de 04 de noviembre de 2019, se estableció que el Servicio de Impuestos Internos pondría a disposición de las municipalidades, la aplicación web "Declaración Municipal Sitios No edificados, Propiedades Abandonadas o Pozos Lastreros", ubicada en el sitio www.sii.cl, junto al manual de usuario, a través de la cual los municipios deberán indicar, entre otros datos, la ubicación de cada propiedad, diferenciando aquellas emplazadas en áreas urbanas, de aquellas ubicadas en áreas de extensión urbana, lo cual permitirá identificar, tanto los predios a ser reavaluados, como aquellos a los cuales se les deberá aplicar la sobretasa. TERCERO. Que, conforme a la resolución señalada, la aplicación se encontrará disponible a partir del primer día hábil y hasta el último día hábil del mes de noviembre de cada año, período en el cual los municipios deberán cumplir con la obligación de informar la nómina de tales propiedades. CUARTO. Que, es de conocimiento general la situación sanitaria que afecta al país, lo que ha retrasado el proceso de declaración por parte de los municipios. --- Ampliese el período por el cual se mantendrá a disposición de las municipalidades la aplicación "Declaración Municipal Sitios No edificados, Propiedades Abandonadas o Pozos Lastreros", hasta el día 11 de diciembre de 2020, para efectos de que puedan dar cumplimiento a la obligación señalada. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL.

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