Resolución Exenta N° 18 de 2016

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En breve

Documento
Resolución Exenta N° 18 de 2016, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
15-03-2016
Materia
Delegación de facultades en Jefe del Departamento Jurídico de la Dirección de Grandes Contribuyentes para aplicar sanciones tributarias
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 109; Código Tributario (DL 830), art. 6; Código Tributario (DL 830), art. 97; DFL7, art. 20; DFL7, art. 9; Ley 18.575, art. 43; Ley 20.899, art. 6
Criterio
El SII autoriza al Director de Grandes Contribuyentes a delegar en el Jefe del Departamento Jurídico la facultad de aplicar sanciones por infracciones de los N°s 3, 6, 7, 10, 15, 16, 17, 19, 20 y 21 del art. 97 y del art. 109 del Código Tributario, siempre que no se haya reclamado de ellas, y de conceder condonaciones conforme al PASC. El delegado debe citar la resolución y anteponer a su firma 'Por orden del Director de Grandes Contribuyentes', y la resolución delegatoria respectiva debe publicarse en extracto en el Diario Oficial.
Tribunal: Subdirección Jurídica del Servicio de Impuestos Internos Fecha: 15 de marzo de 2016 Materia: Delegación de facultades sancionatorias Autoridad: Fernando Barraza Luengo, Director --- - Artículo 6°, letra B), números 5 y 7 del Código Tributario - Artículos 7° letras c) y ñ), 9° y 20 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7 del Ministerio de Hacienda, de 1980 - Artículo 43 de la Ley N° 18.575, de 1986 (Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado) - Resolución Exenta N° 174, del 25 de noviembre de 2009, que creó el Departamento Jurídico de la Dirección de Grandes Contribuyentes --- PRIMERO: Que los artículos 6°, letra B), números 5 y 7 del Código Tributario, y 20 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, facultan a los Directores Regionales para autorizar a funcionarios de su dependencia para resolver determinadas materias o hacer uso de alguna de sus atribuciones, de acuerdo a las instrucciones que al efecto imparta el Director del Servicio. SEGUNDO: Que el numeral segundo del artículo 6° de la Ley N° 20.899, publicada en el Diario Oficial el 8 de febrero del presente año, modifica el inciso tercero del artículo 9° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, eliminando la expresión ", con excepción de la facultad de aplicar las multas a que se refieren los artículos 30; 97 excepto las de sus números 1, 2 y 11, 101, 103, 104 y 109, todos del Código Tributario". TERCERO: Que en razón de la modificación indicada en el párrafo anterior, el artículo 9° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos confiere al Director de Grandes Contribuyentes todas las facultades que el mismo cuerpo legal, el Código Tributario y otras disposiciones legales otorguen o les confieran a futuro a los Directores Regionales respecto de aquellos contribuyentes que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3° de la misma ley, queden sometidos a su jurisdicción, conforme a las instrucciones del Director. CUARTO: Que mediante Resolución Exenta N° 174, de 2009, se creó el Departamento Jurídico de la Dirección de Grandes Contribuyentes. --- Autorízase al Director de Grandes Contribuyentes para delegar en el Jefe del Departamento Jurídico de su dependencia la facultad de aplicar las sanciones administrativas que correspondan respecto de las infracciones tributarias previstas y tipificadas en: | Norma | Números | |-------|---------| | Artículo 97 | 3, 6, 7, 10, 15, 16, 17, 19, 20 y 21 | | Artículo 109 | — | ambos del Código Tributario, cuando no se haya reclamado de ellas, y además conceder las condonaciones que se soliciten respecto de las sanciones que les corresponda aplicar, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en las resoluciones e instrucciones vigentes respecto al Procedimiento de Aplicación de Sanciones y Concesión de Condonación (PASC). El funcionario designado en la presente delegación, al hacer uso de la facultad delegada, deberá mencionar la presente Resolución y anteponer a su firma la frase "Por orden del Director de Grandes Contribuyentes". La resolución delegatoria de facultades que dicte el Director de Grandes Contribuyentes deberá citar la presente resolución, mencionándola por su número y fecha en la parte considerativa y deberá publicarse en extracto en el Diario Oficial. La presente Resolución regirá a contar de su publicación en el Diario Oficial. --- ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL. Fernando Barraza Luengo Director

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