Resolución Exenta N° 19 de 2019

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 19 de 2019, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
06-02-2019
Materia
Autorización a OK MARKET S.A. para entregar boletas electrónicas en reemplazo de boletas en papel
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 2; Ley del IVA (DL 825), art. 54; Ley del IVA (DL 825), art. 55; Ley del IVA (DL 825), art. 9; Código Tributario (DL 830), art. 109; Código Tributario (DL 830), art. 6; Código Tributario (DL 830), art. 97
Criterio
Se autoriza a OK MARKET S.A. para entregar boletas electrónicas en reemplazo de boletas impresas, mediante envío electrónico previo consentimiento del cliente, con opción de recibir representación impresa bajo demanda. La autorización opera por 6 meses a título de piloto, sujeta a cumplimiento de requisitos específicos respecto a opción del cliente, envío inmediato y reporte de folios.
Tribunal: Servicio de Impuestos Internos (SII) Fecha: 6 de febrero de 2019 Materia: Autoriza a OK MARKET S.A. para cumplir obligación de entregar boletas en papel mediante envío de boletas electrónicas --- Se consideran las siguientes disposiciones legales: - Artículos 6° letra A) N° 1 del Código Tributario (D.L. N° 830, de 1974) - Artículos 1°, 4° bis y 7° letra b) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (D.F.L. N° 7, de 1980) - Artículos 2° N°s. 1 y 2, 9° letra a), 54, 55 y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, 1974 (D.L. N° 825, de 1974) - D.S. N° 55, de 1977 (Reglamento de la Ley del Impuesto a las Ventas y Servicios) - Resolución Ex. SII N° 18, de 2003, modificada por Resoluciones Ex. SII N°s. 84 (2005), 157 (2007) y 22 (2016) - Resolución Ex. SII N° 45, de 2003, modificada por Resoluciones Ex. SII N°s. 49 (2011), 80 y 100 (2014) - Resolución Exenta N° 61, de 2017, modificada por Resolución Ex. SII N° 68, de 2017 - Resolución Ex. SII N° 19, de 2008, modificada por Resolución Ex. SII N° 160, de 2010 --- PRIMERO. Que el numeral 5° del resolutivo quinto de la Resolución Ex. SII N° 19, de 2008, establece que el emisor debe hacer entrega al cliente de un ejemplar de la representación impresa de la boleta electrónica o boleta no afecta o exenta electrónica, a excepción de los casos en que no exista traslado de mercaderías o se trate de una prestación de servicios. SEGUNDO. Que este Servicio, junto con revisar el modelo de envío de boletas electrónicas propuesto por la empresa OK MARKET S.A., RUT N° 76.084.682-1, estima oportuno evaluar como piloto su efectividad. En consecuencia, se dispone por medio de la presente Resolución que todas aquellas boletas electrónicas o boletas no afectas o exentas electrónicas, emitidas en cualquiera de sus sucursales, puedan ser entregadas mediante el envío de la representación digital de la misma, reemplazando así la obligación de la entrega de la impresión física del documento, previo consentimiento del cliente. TERCERO. Que OK MARKET S.A., RUT N° 76.084.682-1, tendrá que cumplir con las condiciones que se señalan en los siguientes resolutivos de forma copulativa. --- Autorízase a OK MARKET S.A., RUT N° 76.084.682-1, para dar cumplimiento a la obligación de entregar los documentos indicados (la boleta electrónica, o boleta no afecta o exenta electrónica), por el envío electrónico a los compradores de los bienes, salvo que éstos hubiesen requerido la representación impresa de dichos documentos. Se considerarán solamente aquellos documentos que se emitan en las sucursales bajo la razón social de OK MARKET S.A., RUT N° 76.084.682-1. Para operar bajo la modalidad señalada en el resolutivo precedente, se deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Opción del cliente El cliente receptor de la boleta electrónica o boleta no afecta o exenta electrónica deberá optar, al momento de la venta, por recibir la representación electrónica o impresa del documento. b) Envío electrónico En caso de que el cliente opte por recibir solo la representación electrónica del documento, OK MARKET S.A. se obliga a remitirlo al correo electrónico u otro medio electrónico que este, en su calidad de emisor, indique para el efecto, debiendo enviarlo inmediatamente al cliente después de realizada la venta. c) Entrega impresa En caso que el receptor opte por recibir la representación impresa del documento, OK MARKET S.A. se obliga a entregar el ejemplar impreso de la boleta electrónica o boleta no afecta o exenta electrónica, al momento de la venta. d) Requerimiento posterior de ejemplar impreso En el caso que el cliente receptor haya solicitado el envío de la representación gráfica por medios electrónicos y posteriormente solicite un ejemplar de la representación impresa, OK MARKET S.A. se obliga a la entrega de este ejemplar en el acto del requerimiento, sin demoras ni dilaciones. e) Reporte de Consumo de Folios Se debe mantener actualizado el Reporte de Consumo de Folios que se envía d

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