Resolución Exenta N° 19 de 2026

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 19 de 2026, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
04-02-2026
Materia
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre Defensoría del Contribuyente y SII
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 35; DFL7, art. 1; DFL7, art. 7; L18575, art. 5; L19628, art. 20; L20575, art. 2; L21210, art. 23
Criterio
Se aprueba el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Defensoría del Contribuyente y el SII, suscrito el 15 de enero de 2026, para coordinar acciones en materia tributaria y protección de derechos de contribuyentes. El intercambio de información se efectuará bajo principios de confidencialidad, uso exclusivo conforme competencias legales y limitación de acceso solo a funcionarios autorizados.
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Defensoría del Contribuyente y el Servicio de Impuestos Internos --- | Tribunal | Servicio de Impuestos Internos | |---|---| | Número | Ex. SII N°19 | | Fecha | 04 de febrero de 2026 | | Referencia | GE00359324 | | Materia | Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración | | Lugar | Santiago | --- - Artículos 1° y letra o) del 7°, ambos de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada - Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública - Artículo 2 de la Ley N° 20.575 - Artículo 35 del Código Tributario --- Primero. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. Adicionalmente, la letra o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos otorga al Director la atribución de ejecutar los actos y celebrar los contratos que estime necesarios para el cumplimiento de los fines del Servicio. Segundo. Que la Defensoría del Contribuyente es un organismo público creado por artículo vigésimo tercero de la Ley N° 21.210 que Moderniza la Legislación Tributaria, cuyo objetivo principal es velar por la protección y resguardo de los derechos de las y los contribuyentes en temas de: - Tributación interna - Cobro administrativo o judicial de obligaciones tributarias en dinero - Tributación aduanera Con especial énfasis en quienes más lo necesitan: contribuyentes vulnerables, micro, pequeñas y medianas empresas. Tercero. Que, en virtud de lo anterior y del principio de competencia consagrado en el artículo 20 de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, el Servicio de Impuestos Internos y la Defensoría del Contribuyente han acordado suscribir un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración firmado con fecha 15 de enero de 2026. Este Convenio se destina al: - Intercambio de información entre ambas instituciones para ser utilizada dentro del marco de sus competencias - Desarrollo de actividades de coordinación institucional y colaboración recíproca en áreas de interés común - Intercambio de información que contribuya al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado --- APRUÉBASE el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Defensoría del Contribuyente y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 15 de enero de 2026, cuyo texto es el siguiente: --- Celebrado en Santiago, a 15 de enero de 2026, entre: | Institución | RUT | Representante | Cédula | Domicilio | |---|---|---|---|---| | Servicio de Impuestos Internos (SII) | 60.803.000-K | Dra. Carolina Saravia Morales (Directora S) | 10.325.935-5 | Teatinos N° 120, Santiago | | Defensoría del Contribuyente (DEDECON) | 62.000.930-K | Don Ricardo Pizarro Alfaro (Defensor Nacional) | 10.588.721-3 | Teatinos N° 120, piso 14, Santiago | --- Conforme al artículo vigésimo tercero de la Ley N° 21.210 que Moderniza la Legislación Tributaria, la Defensoría del Contribuyente es: - Un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio - Sometido a la supervisión del Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda - Dirigida y administrada por el Defensor Nacional Objetivo principal: velar por la protección y resguardo de los derechos de las y los contribuyentes en temas de: - Tributación fiscal interna - Cobro administrativo o judicial de obligaciones tributarias en dinero - Tributación aduanera Servicios que ofrece: - Orientación y acompañamiento a contribuyentes en materias tribu

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