Resolución Exenta N° 200 de 2025

Vigente

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Documento
Resolución Exenta N° 200 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
23-12-2025
Materia
Fija nóminas de agentes retenedores y contribuyentes sujetos a retención por cambio de sujeto IVA
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 10; Ley del IVA (DL 825), art. 2; Ley del IVA (DL 825), art. 3; Ley del IVA (DL 825), art. 8; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
El SII fija las nóminas de agentes retenedores y contribuyentes sujetos a retención por cambio de sujeto de IVA, las cuales rigen desde el 1° de enero de 2026 hasta el último día hábil de junio de 2026, con facultad de prórroga semestral si persisten las brechas de cumplimiento que originaron el ingreso a la nómina.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Subdirección de Fiscalización | Departamento de Diseño de Procedimientos Resolución Ex. SII N° 200 de 23 de diciembre de 2025 Asunto: Fija nóminas de Agentes Retenedores y de Contribuyentes Sujetos a Retención, conforme a Resolución Ex. SII N° 42 de 2018 --- Se tienen presente las siguientes facultades legales: - Artículos 1°, 4° bis y letra b) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo primero del Decreto con Fuerza de Ley N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda. - Artículo 6°, letra A, N° 1 y 88 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del Decreto Ley N° 830 de 1974, del Ministerio de Hacienda. - Artículos 2°, 3° y 8° y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Decreto Ley N° 825 de 1974, del Ministerio de Hacienda. - Normas contenidas en el Título XIII del Decreto Supremo N° 55 de 1977, Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, del Ministerio de Hacienda. - Resolución Ex. SII N° 42 de 2018. --- PRIMERO: Que, según lo previsto en los artículos 2°, N°s 3°) y 4°), 3° y 10° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, el sujeto pasivo de derecho del IVA es el vendedor o prestador de servicios. SEGUNDO: Que, sin perjuicio de lo anterior, el inciso tercero del artículo 3° de la misma ley prescribe que este tributo afectará al adquirente, en los casos que así lo determine la Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos, a través de las normas generales que imparta. TERCERO: Que, mediante la Resolución Ex. SII N° 42 de 2018, y en ejercicio de sus facultades legales, se estableció el cambio de sujeto total de derecho para el cumplimiento de IVA, cuyo resolutivo N° 3 creó los registros denominados "Nómina de Agentes Retenedores" y "Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención". El primero corresponde al listado de contribuyentes obligados a actuar como agentes retenedores, en tanto que el segundo corresponde al listado de contribuyentes cuyas operaciones gravadas con IVA estarán afectas al cambio de sujeto. CUARTO: Que, de conformidad con el Resolutivo N° 4 de la resolución antes citada, corresponde publicar las Nóminas de Contribuyentes Sujetos a Retención y de Agentes Retenedores el último día hábil de junio y diciembre de cada año. QUINTO: Que la Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención podrá ser conformada, entre otros, por aquellos contribuyentes que se encuentren en alguna de las situaciones descritas en el resolutivo N° 3 de la Resolución Ex. SII N° 42 de 2018. SEXTO: Que por su parte, este Servicio, analizando las adquisiciones gravadas con IVA efectuadas por el total de contribuyentes y, dentro de ellas, las ventas y servicios que los contribuyentes sujetos a retención celebran con sus principales compradores, ha determinado cuáles de ellos serán incorporados a la Nómina de Agentes Retenedores, entendiendo por tales aquellos que sean designados por el Servicio y que sean parte del segmento medianas y grandes empresas, según la Resolución Ex. SII N° 76 de 2017. --- PRIMERO: FÍJASE la Nómina de Agentes Retenedores del cambio de sujeto total para el cumplimiento del IVA, conforme a listado que se incorpora a la Nómina de Agentes Retenedores ya existente en el sitio web de este Servicio. SEGUNDO: FÍJASE la Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención del cambio de sujeto total para el cumplimiento del IVA, conforme a listado que se incorpora a la Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención, que se encontrará disponible en el sitio web de este Servicio. La permanencia en la Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención se extenderá hasta el último día hábil del mes de junio del año 2026. Transcurrido el plazo señalado, el contribuyente retenido será excluido de la nómina, siempre que haya solucionado las brechas de cumplimiento que originaron su ingreso. Si el contribuyente aún las mantiene o incurre en nuevas, deberá permanecer 6 meses más en la citada n

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