Resolución Exenta N° 32 de 2018

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Documento
Resolución Exenta N° 32 de 2018, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
21-03-2018
Materia
Condonación de multas infraccionales sobre declaraciones juradas anuales de renta 2018
Normas citadas
Ley de la Renta (DL 824), art. 14; Ley de la Renta (DL 824), art. 33; Ley de la Renta (DL 824), art. 69; Código Tributario (DL 830), art. 6; Código Tributario (DL 830), art. 8 bis
Criterio
Otorgar condonación automática del 100% de multas por presentación fuera de plazo de declaraciones juradas anuales de renta 2018 en formularios específicos, durante períodos determinados según régimen tributario, para facilitar cumplimiento con nuevas normas de Reforma Tributaria y mitigar errores involuntarios. La condonación se aplica con límite temporal para no afectar devoluciones de impuestos que deben procesarse a partir del 11 de mayo.
Tribunal: Subdirección de Fiscalización, Departamento de Sistemas de Fiscalización Fecha: 21 de marzo de 2018 Materia: Otorga condonación sobre multas infraccionales en los casos que se señalan --- Las facultades conferidas en: - Artículo 6° letra B), N° 3, del Código Tributario, contenido en artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974 - Ordinal 2° del artículo 8° bis del Código Tributario - Artículos 1°, 9° y 19 letras c) y d), del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos - Artículos 97 y 109 del Código Tributario - Artículo 69 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), contenida en artículo 1° del D.L. N° 824, de 1974 --- 1° Que este Servicio, mediante las Resoluciones Exentas que a continuación se detallan, establece la obligación de presentar en tiempo y forma las declaraciones juradas anuales: | Formulario | Declaración Jurada Anual | Resolución Exenta | Fecha | |:---:|---|:---:|:---:| | F1923 | Determinación de la Renta Líquida Imponible, Renta a atribuir y Renta Atribuida a los propietarios, titulares, socios, accionistas de SpA o comuneros para contribuyentes acogidos a las disposiciones de la letra A) del artículo 14 de la LIR (Régimen de Renta Atribuida) | SII N° 82 | 31.08.17 | | F1938 | Movimientos y saldos de los registros de rentas empresariales del Régimen de Renta Atribuida a que se refiere la letra A) del artículo 14 de la LIR | SII N° 83 | 31.08.17 | | F1940 | Retiros, remesas y/o dividendos distribuidos y créditos correspondientes efectuados por contribuyentes sujetos al régimen de la letra A) del artículo 14 de la LIR y sobre saldo de retiros en exceso pendiente de imputación | SII N° 79 | 31.08.17 | | Formulario | Declaración Jurada Anual | Resolución Exenta | Fecha | |:---:|---|:---:|:---:| | F1926 | Base Imponible de Primera Categoría y Datos Contables Balance | SII N° 112; 96; 101; 116 | 24.12.15; 13.10.17; 13.10.17; 01.12.17 | | F1939 | Movimientos y saldos de los registros de rentas empresariales del régimen de imputación parcial de crédito a que se refiere la letra B) del artículo 14 de la LIR, y de los registros establecidos en el número 2) del artículo 81 de la Ley N° 20.712 | SII N° 84 | 31.08.17 | | F1941 | Retiros, remesas y/o dividendos distribuidos y créditos correspondientes, efectuados por contribuyentes sujetos al régimen de la letra B) del artículo 14 de la LIR, y sobre saldo de retiros en exceso pendientes de imputación | SII N° 80 | 31.08.17 | | F1942 | Dividendos Distribuidos y Créditos Correspondientes por Acciones en Custodia | SII N° 81 | 31.08.17 | | Formulario | Declaración Jurada Anual | Resolución Exenta | Fecha | |:---:|---|:---:|:---:| | F1924 | Rentas y créditos correspondientes a propietarios, socios, comuneros o accionistas de sociedades acogidas al régimen de tributación simplificado de la letra A) del artículo 14 ter de la LIR | SII N° 107; 96; 100 | 24.12.15; 13.10.17; 13.10.17 | | F1943 | Contribuyentes acogidos a las normas de los artículos 14 letra C) N° 1 (Contabilidad Simplificada, planillas y contratos), 14 letra C) N° 2 y 34 (Renta presunta), de la Ley sobre Impuesto a la Renta | SII N° 102 | 13.10.17 | 2° Que en relación con el proceso de Operación Renta 2018, la plataforma para recibir las declaraciones juradas se encuentra disponible desde el día 14 de febrero de 2018. 3° Que en atención a que los contribuyentes sujetos al régimen de Renta Atribuida del artículo 14, letra A) de la Ley sobre Impuesto a la Renta deben considerar en la determinación de la renta líquida imponible de la primera categoría, las partidas a que se refiere el número 5 del artículo 33 de dicha ley, se establecieron distintos plazos de presentación de las referidas declaraciones; distinción que también debe tenerse presente en esta instancia y en los Certificados que las empresas deben emitir a los beneficiarios de las respectivas rentas. 4° Que en atención a que las referidas declaraciones juradas

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