Resolución Exenta N° 44 de 2022

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 44 de 2022, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
12-05-2022
Materia
Ampliación de plazo para presentar declaraciones de renta año tributario 2022 sin pago de impuesto
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 36; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
El Director del SII puede ampliar el plazo de presentación de declaraciones de renta realizadas por sistemas tecnológicos que no importen pago de impuesto, respetando el plazo de contribuyentes con derecho a devolución. En esta ocasión se amplía hasta el 19 de mayo de 2022 como medida de facilitación para microempresas, pequeñas y medianas empresas.
Servicio de Impuestos Internos Fecha: 12 de mayo de 2022 | Asunto: Ampliación de plazo para presentar declaraciones de renta año tributario 2022 que no importen pago de impuesto | RBD: GE00211649 --- Se consideran las facultades conferidas en: - Artículos 6° letra A) N° 1 y 36 del Código Tributario, contenido en artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974 - Artículos 1° y 7° letra b) del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos - Decreto Supremo N° 623 del 28 de abril de 2022 --- PRIMERO: Que al Servicio de Impuestos Internos le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. SEGUNDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final del artículo 36 del Código Tributario, el Director podrá ampliar el plazo de presentación de aquellas declaraciones que se realicen por sistemas tecnológicos y que no importen el pago de un impuesto, respetando el plazo de los contribuyentes con derecho a devolución de impuestos. La norma agrega que, en todo caso, la ampliación del plazo no podrá implicar atraso en la entrega de la información que deba proporcionarse a Tesorería. TERCERO: Que, como una medida de facilitación y apoyo al cumplimiento tributario, especialmente de aquellos contribuyentes clasificados como microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas. --- PRIMERO: AMPLIASE, hasta el día jueves 19 de mayo de 2022, el plazo para presentar a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl) las declaraciones de renta que no importen pago de impuesto. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL

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