Resolución Exenta N° 47 de 2025

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 47 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
10-04-2025
Materia
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre Subsecretaría de Hacienda y SII
Normas citadas
18575, art. 5; 19628, art. 20; 19628, art. 4-16; 19862, art. 7; 20575, art. 2; Código Tributario (DL 830), art. 35; DL7|1980, art. 1; DL7|1980, art. 7
Criterio
Aprueba el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Subsecretaría de Hacienda y el SII, suscrito el 04 de abril de 2025, destinado al intercambio de información dentro del marco de competencias de ambas instituciones y al desarrollo de actividades de coordinación institucional y colaboración recíproca. El propósito es contribuir a una gestión más eficiente en las funciones asignadas por sus normas orgánicas respectivas.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Fecha: 10 de abril de 2025 Materia: Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Subsecretaría de Hacienda y el Servicio de Impuestos Internos --- Artículos 1° y letra o) del 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda. Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. Artículo 2 de la Ley N° 20.575. Artículo 35 del Código Tributario. --- PRIMERO. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. Adicionalmente, la letra o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos otorga al Director la atribución de ejecutar los actos y celebrar los contratos que estime necesarios para el cumplimiento de los fines del Servicio. SEGUNDO. Que a la Subsecretaría de Hacienda le corresponde gestionar eficientemente los recursos públicos a través de un Estado moderno al servicio de la ciudadanía; generando condiciones de estabilidad, transparencia y competitividad en una economía integrada internacionalmente que promuevan un crecimiento sustentable e inclusivo. TERCERO. Que, en virtud de lo anterior y del principio de competencia consagrado en el artículo 20 de la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, el Servicio de Impuestos Internos y la Subsecretaría de Hacienda han acordado suscribir un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración firmado con fecha 04 de abril de 2025. Este Convenio está destinado al intercambio de información entre ambos para ser utilizada dentro del marco de sus competencias, y al desarrollo de actividades de coordinación institucional y colaboración recíproca en áreas de interés común que tengan relación con intercambio de información. Su propósito es contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. --- APRUÉBASE el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Subsecretaría de Hacienda y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 04 de abril de 2025, cuyo texto es el siguiente: --- En Santiago, 04 de abril de 2025, entre: Servicio de Impuestos Internos, RUT 60.803.000-K, en adelante "SERVICIO", representado por su Director, don Javier Etcheberry Celhay, cédula de identidad N° 4.891.404-7, con domicilio en Teatinos N° 120, Santiago, y Subsecretaría de Hacienda, RUT 60.801.000-9, en adelante "SUBSECRETARÍA", representada por su Subsecretaria, doña Heidi Berner Herrera, cédula de identidad N° 10.557.740-0, con domicilio en Teatinos N° 120, Santiago, se ha convenido lo siguiente: --- De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 4.727, de 1957, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento Orgánico de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda, a éste le corresponde "estudiar y proponer todas aquellas medidas que incidan en materias relacionadas con la política económico-financiera del Estado y en las demás que le encomienda la ley". | Objetivo | Descripción | | --- | --- | | (1) | Conducción de la política fiscal, administrando las finanzas públicas con responsabilidad y perspectiva de mediano plazo | | (2) | Reducir la volatilidad de la economía, tanto en términos de actividad y empleo como de inflación y variables financieras, recurriendo a mecanismos de prevención y mitigación de shocks | | (3) | Elevar el crecimiento potencial, a través de la inversión pública y privada, la eficiente utilización de los recursos en la economía y una inserción provechosa en la economía mundial | | (4) | Asegurar un sistema f

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