Resolución Exenta N° 53 de 2026

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Documento
Resolución Exenta N° 53 de 2026, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
10-04-2026
Materia
Autorización de habilitación de la Tesorería General de la República en plataforma de acceso único a Clave Tributaria SII
Normas citadas
19799, art. 4; 19799, art. 6; DFL7, art. 1; DFL7, art. 4 bis; Código Tributario (DL 830), art. 1
Criterio
Se autoriza la incorporación de la Tesorería General de la República al Registro de Órganos de la Administración del Estado para hacer uso de la plataforma de acceso único a Clave Tributaria, conforme a los términos y condiciones establecidos en la Resolución Ex. SII N° 102 de 14.08.2025. Esta habilitación se sustenta en la competencia del SII para administrar mecanismos de autenticación electrónica y en la facultad de los órganos del Estado para relacionarse electrónicamente con los contribuyentes.
Servicio de Impuestos Internos Subdirección de Asistencia al Contribuyente Oficina de Canales Digitales --- | Referencia | GE00372402 | |---|---| | Materia | Autorización para habilitación en plataforma de acceso único a Clave Tributaria | | Lugar y fecha | Santiago | --- Lo dispuesto en: - Artículos 1° y 6° letras A) N° 3 y 8, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974 - Artículo 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el D.F.L. N° 7, de 1980 del Ministerio de Hacienda - Artículos 4°, 6° y siguientes de la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación - Decreto Supremo N° 9, de 2023, de la Secretaría General de la Presidencia - Resolución Ex. SII N° 25, de 01 de marzo de 2021 - Resolución N° 102, del 14 de agosto de 2025, que "Establece condiciones y términos de uso para que los Órganos de la Administración del Estado que se Indican, puedan solicitar e Integrar La Clave Tributaria SII en su Sitio Web" Y la presentación efectuada con fecha 10.10.2025, por la Sra. Solange Berstein Jáuregui, en representación de la TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, RUT N° 60.805.000-0, con domicilio en Teatinos N° 28, de la comuna de Santiago, mediante la cual solicita autorización de uso en su sitio web de Clave Tributaria. --- 1° Conforme con los artículos 4° y 6° y siguientes de la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, los órganos del Estado podrán ejecutar o realizar actos, celebrar contratos y expedir cualquier documento, dentro de su ámbito de competencia, suscribiéndolos por medio de firma electrónica; siendo válidos de la misma manera y produciendo los mismos efectos que los expedidos por escrito y en soporte de papel. Lo anterior, sin perjuicio que los actos administrativos que tengan la calidad de instrumento público o surtan los efectos propios de éste, deban suscribirse mediante firma electrónica avanzada. En tal sentido, el artículo 4° bis del D.F.L. N° 7, de Hacienda, de 1980, sobre Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, faculta a este Servicio para relacionarse directamente con los contribuyentes y éstos con el Servicio, a través de medios electrónicos, estableciendo que los trámites y actuaciones que se realicen a través de tales medios producirán los mismos efectos que los trámites y actuaciones efectuados en las oficinas del Servicio o domicilio del contribuyente. 2° Conforme lo dispuesto en los artículos 1° y 6° letra A N° 8 del Código Tributario, en relación con el artículo 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el D.F.L. N° 7, de 1980 del Ministerio de Hacienda, corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente; debiendo, en lo no previsto por dicho Código y demás leyes tributarias, aplicarse las normas de derecho común contenidas en leyes generales o especiales. 3° Este Servicio, mediante Resolución Ex. SII N° 25, de 01 de marzo de 2021, estableció el procedimiento para la obtención y recuperación de la Clave Tributaria, así como para autorizar la actuación de terceros como representantes electrónicos para realizar ciertos trámites a través del sitio web del SII. 4° En el marco de los cambios que exige el proceso de Transformación Digital del Estado, la Ley N° 21.180 facultó al Presidente de la República para establecer, mediante uno o más Decretos con Fuerza de Ley, la gradualidad en la implementación de esa Ley para los distintos Órganos de la Administración del Estado. 5° En tal sentido, el Decreto Supremo N° 9, de 2023, de la Secretaría General de la Presidencia, establece una norma técnica de autenticación, que tiene por objeto establecer la forma en q

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