Resolución Exenta N° 57 de 2015

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 57 de 2015, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
30-06-2015
Materia
Prórroga de fechas de pago de cuotas de impuesto territorial para zonas afectadas por catástrofe en 2015
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 36; DL7, art. 7; L17235, art. 22
Criterio
Se prorrogan las fechas de vencimiento de las cuotas N° 1 y N° 2 del Impuesto Territorial 2015 para bienes raíces ubicados en la III Región de Atacama y comunas de Antofagasta y Taltal, al 30 de junio y 31 de julio de 2015 respectivamente, como medida tributaria para enfrentar la situación de emergencia por catástrofe declarada.
Servicio de Impuestos Internos, Subdirección de Avalúos 30 de junio de 2015 | Santiago --- Establecimiento de nuevas fechas de pago para cuotas de Impuesto Territorial correspondientes a los meses de abril y junio de 2015, para bienes raíces ubicados en: - Región de Atacama (III Región) - Comunas de Antofagasta y Taltal (II Región de Antofagasta) --- Se considera lo dispuesto en: - Letra b) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de Hacienda, de 1980. - Decretos Supremos del Ministerio del Interior N° 354, 355 y 357, todos de marzo de 2015, publicados en el Diario Oficial de 31 de marzo de 2015, que declaran como afectadas por catástrofe derivada del mal tiempo a la III Región de Atacama y a las comunas de Antofagasta y Taltal de la II Región de Antofagasta. --- Primero. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 17.235, el Impuesto Territorial anual será pagado en cada año en cuatro cuotas en los meses de abril, junio, septiembre y noviembre, a menos que el Presidente de la República fije otras fechas con arreglo a la facultad que le confiere el artículo 36 del Código Tributario. Segundo. Que el Decreto Supremo N° 446, de 15 de abril de 2015, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial de 27 de junio de 2015, como consecuencia del sistema frontal de mal tiempo ocurrido el 25 de marzo de 2015, que afectó a la III Región de Atacama y a las comunas de Antofagasta y Taltal de la II Región de Antofagasta, dispuso medidas de índole tributaria destinadas a enfrentar la situación de emergencia en dichas zonas. Tercero. Que dicho cuerpo normativo facultó al Servicio de Impuestos Internos para prorrogar el vencimiento de las cuotas N° 1 y N° 2 del Impuesto Territorial correspondiente al año 2015, hasta el 30 de junio y 31 de julio, ambas fechas del año 2015, respectivamente. --- Primero. Establécese como fecha de vencimiento de las cuotas de contribuciones correspondientes a los meses de abril y junio de 2015, para los bienes raíces ubicados en la III Región de Atacama y en las comunas de Antofagasta y Taltal de la II Región de Antofagasta, las siguientes: | Cuota | Mes Correspondiente | Nueva Fecha de Vencimiento | |-------|-------------------|---------------------------| | N° 1 | Abril | 30 de junio de 2015 | | N° 2 | Junio | 31 de julio de 2015 | --- JUAN ALBERTO ROJAS BARRANTI Director (S) --- Distribución: Internet · Boletín · Diario Oficial (extracto)

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