Resolución Exenta N° 77 de 2026

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 77 de 2026, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
09-06-2026
Materia
Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Comisión para el Mercado Financiero y el Servicio de Impuestos Internos.
1 SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE OFICINA DE OPERACIONES DE ASISTENCIA GE00367244 MATERIA: Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Comisión para el Mercado Financiero y el Servicio de Impuestos Internos. SANTIAGO, 09 DE JUNIO DE 2026 RESOLUCIÓN EXENTA N°77.- VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 1° y letra o) del 7°, ambos de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Genera les de la Administración del Estado; la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada; la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; el artículo 2 de la Ley N° 20.575 y el artículo 35 del Código Tributario. CONSIDERANDO: 1° Que, corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. Adicionalmente, la letra o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, otorga al Director la atribución de ejecutar los actos y celebrar los contratos que estime necesarios para el cumplimiento de los fines del Servicio. 2° Que, a su vez, la Comisión para el Mercado Financiero, tiene por objeto velar por el correcto funcionamiento, desarrollo y estabilidad del mercado financiero, facilitando la participación de los agentes de mercado y promoviendo el cuidado de la fe pública. Asimismo, le corresponderá velar porque las personas o entidades fiscalizadas cumplan con las leyes, reglamentos, estatutos y otras disposiciones que las rijan, desde que inicien su organización o su actividad, según corresponda, hasta el término de su liquidación; pudiendo ejercer la más amplia fiscalización sobre todas sus operaciones. 3° Que, en virtud de lo anterior, y en cumplimiento del principio de colaboración entre organismos públicos consagrado en la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y del principio de competencia consagrado en el artículo 20 de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, el Servicio de Impuestos Internos y la Comisión para el Mercado Financiero han acordado suscribir un Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración firmado con fecha 02 de junio de 2026, destinado al intercambio de información entre ambos para ser utilizada dentro del marco de sus competencias, y al desarrollo de actividades de coordinación institucional y colaboración recíproca en áreas de interés común que tengan relación con intercambio de información, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. RESUELVO: 1° Apruébase Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Comisión para el Mercado Financiero y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 02 de junio de 2026, cuyo texto es el siguiente: “ADENDUM A CONVENIO DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y COLABORACIÓN ENTRE LA COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO Y EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS En Santiago, a 02 de junio de 2026, entre el Servicio de Impuestos Internos, RUT 60.803.000-K, en adelante indistintamente denominado “SERVICIO” o “SII”, representado por su Director, don Jorge Trujillo Puentes, cédula de identidad N°9.027.474 -0, ambos con domicilio en Teatinos N°120, comuna de Santiago y la Comisión para el Mercado Financiero, RUT 60.810.000-8 en adelante, indistintamente denominado “CMF” o “Comisión”, representado por su Presidenta doña Catherine Tornel León, RUT N° 13.538.059 -8, ambos con domicilio en Av. Libertador Bernardo O'Higgins N°1449, Torre 2, piso 2, de la comuna de S antiago, se ha convenido lo siguiente: PRIMERO: Con fecha 05 de marzo de 2025, entre el SERVICIO y la

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