Resolución Exenta N° 78 de 2023

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 78 de 2023, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
28-06-2023
Materia
Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre INAPI y SII
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 35; DFL7, art. 1; DFL7, art. 7
Criterio
El SII aprobó el addendum al Convenio de 2016 con INAPI, modificando coordinador designado, reforzando confidencialidad conforme a leyes N° 19.628 y N° 20.285 y artículo 35 del Código Tributario, actualizando autenticación mediante Webservice con protocolos TLS, incorporando acceso a representantes tributarios (WsPRepLegal) por Ley N° 21.355, y estableciendo entrega anual batch de trabajadores por género de empresas solicitantes de derechos de propiedad intelectual.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos – Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios Referencia: GE241891 Fecha: Santiago, 28 de junio de 2023 Asunto: Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Instituto Nacional de Propiedad Industrial y el Servicio de Impuestos Internos --- - Artículos 1° y 7° letras a), c) y o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de Hacienda, de 1980 - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada - Ley N° 20.575, que establece el Principio de Finalidad en el Tratamiento de Datos Personales - Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública --- PRIMERO: Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. SEGUNDO: Que, a su vez, el Instituto Nacional de Propiedad Industrial es un organismo de carácter técnico y jurídico encargado de la administración y atención de los servicios de la propiedad industrial, conforme a lo dispuesto en las leyes sobre la materia, correspondiéndole promover la protección que brinda la propiedad industrial y difundir el acervo tecnológico y la información de que disponga. TERCERO: Que, en virtud de lo anterior, el Servicio de Impuestos Internos y el Instituto Nacional de Propiedad Industrial han acordado suscribir el presente Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre ambas instituciones firmado con fecha 27 de diciembre de 2016, aprobado por la Resolución Ex. N° 7, de fecha 18 de enero de 2017, del Servicio y la Resolución Ex. N° 193, de fecha 31 de mayo de 2017, de INAPI, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. --- PRIMERO: Apruébese el addendum de convenio de intercambio de información y colaboración entre el Instituto Nacional de Propiedad Industrial y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 15 de junio de 2023, cuyo texto es el siguiente: --- Lugar y fecha: Santiago, 15 de junio de 2023 --- | Institución | RUT | Representante | RUT Representante | Domicilio | | --- | --- | --- | --- | --- | | SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS (SII) | 60.803.000-K | Hernán Frigolett Córdova | 6.367.514-K | Teatinos N° 120, Santiago | | INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (INAPI) | 65.999.669-3 | Loreto Bresky Ruiz | 10.730.726-5 | Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N° 194, Santiago | --- PRIMERO: Con fecha 27 de diciembre de 2016, entre el Servicio de Impuestos Internos y el INAPI se suscribió un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración ("CONVENIO") destinado a regular la entrega recíproca de la información indicada en los Anexos N° 1 y N° 2 de dicho instrumento. SEGUNDO: Con posterioridad a su suscripción, ha surgido la necesidad de incorporar información a los Anexos de manera de permitir a las partes contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han encargado. TERCERO: En virtud de lo anterior, las partes acuerdan modificar el convenio referido en la cláusula PRIMERO del presente, y que fue aprobado por la Resolución Ex. N° 7, de fecha 18 de enero de 2017, del Servicio de Impuestos Internos y la Resolución Ex. N° 193, de fecha 31 de mayo de 2017, de INAPI, en el siguiente sentido: --- I. Modificación a Cláusula QUINTO En la cláusula QUINTO, se reemplaza el párrafo: por: --- II. Sustitución de Cláusula SEXTO En la cláusula SEXTO, se sustituye todo su texto por: --- III. Modificación de Cláusula SÉPTIMO En la cláusula SÉPTIMO, se modifica todo su texto por: --- IV. Reemplazo en Anexo N° 2 - Autenticación Se reemplaza el párrafo relativo a autenticación: De: Por: --- V. Nueva letra d. en Anexo N° 2 - Representant

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