Resolución Exenta N° 80 de 2022

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 80 de 2022, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
02-09-2022
Materia
Aprobación de convenio de colaboración mutua entre SII y Centro de Formación Técnica ENAC para educación fiscal y tributaria
Normas citadas
DFL7, art. 1; DFL7, art. 7
Criterio
Aprueba convenio de colaboración mutua entre SII y CFT ENAC para desarrollar conjuntamente acciones de educación fiscal y tributaria, impulsar comportamiento tributario responsable y fortalecer educación cívica en comunidad estudiantil. El convenio se materializa mediante elaboración de material educativo, ejecución de actividades educativas, asistencia durante operación renta e implementación de Núcleos de Apoyo Fiscal.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Fecha: 2 de septiembre de 2022 Referencia: GE00201869 Materia: Aprueba Convenio de Colaboración Mutua entre Servicio de Impuestos Internos y Centro de Formación Técnica ENAC --- Las facultades que me confieren los artículos 1° y 7° letras h) y o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7 de Hacienda, de fecha 30 de septiembre de 1980; Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y en la Resolución N° 1600, del 6 de noviembre de 2008, de la Contraloría General de la República. --- PRIMERO. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. SEGUNDO. Que el Director tiene la facultad de administración y celebración de actos y contratos en representación del Servicio según lo dispuesto en las letras h) y o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda. TERCERO. Que para tales efectos se ha acordado la firma del presente Convenio de Colaboración, con el objeto de poder desarrollar conjuntamente acciones destinadas a: - Estimular e impulsar la educación fiscal y tributaria - Fomentar el conocimiento y la práctica de un comportamiento tributario responsable acorde con la legislación vigente - Fortalecer la educación cívica de la comunidad estudiantil CUARTO. Que en virtud de lo anterior, y en cumplimiento de sus funciones y en el marco de las normas legales y reglamentarias pertinentes, el Servicio de Impuestos Internos y el Centro de Formación Técnica ENAC han acordado suscribir un convenio de colaboración. --- Apruébese el CONVENIO DE COLABORACIÓN MUTUA ENTRE SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Y EL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA ENAC, celebrado en el mes de agosto de 2022, cuyo texto es el siguiente: --- Celebrado entre: Servicio de Impuestos Internos y Centro de Formación Técnica ENAC Fecha: 24 de agosto de 2022 Lugar: Santiago --- - RUT: 60.803.000-K - Representante: Hernán Frigolett Córdova, RUT 6.367.513-K - Domicilio: Teatinos N° 120, Santiago - Designación en el Convenio: "SII" - RUT: 72.067.800-4 - Representantes: - Jorge Menéndez Gallegos, RUT 12.180.526-K (Rector) - Jorge Espinoza Díaz, RUT 9.420.882-3 (Vicerrector Académico) - Domicilio: Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N° 2182, Santiago - Designación en el Convenio: "CFT ENAC" o "ENAC" --- Las entidades acuerdan la firma del presente Convenio de Colaboración Mutua con el objeto de desarrollar conjuntamente acciones destinadas a: - Impulsar la educación fiscal y tributaria - Fomentar el conocimiento y la práctica de un comportamiento tributario responsable acorde con la legislación vigente - Fortalecer la educación cívica de la comunidad estudiantil La facultad del Director del Servicio de Impuestos Internos para llevar a cabo acciones de capacitación a los contribuyentes y establecer acuerdos u otras acciones orientadas a promover el cumplimiento tributario consta en la letra q) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el D.F.L. N° 7, de Hacienda de 1980. Para efectos de este Convenio, toda referencia a los términos "ámbito fiscal" o "temas fiscales" comprenderá aquellas materias relacionadas con la competencia del Servicio, esto es, impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. --- Este Convenio de Cooperación Mutua se llevará a cabo a través de las siguientes actividades: Considera la elaboración conjunta de contenidos y material para formación e información en el ámbito

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