Resolución Exenta N° 82 de 2018

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 82 de 2018, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
13-09-2018
Materia
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre DIRECON y SII
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 35; DFL7, art. 1; DFL7, art. 7; Ley18575, art. 5; Ley19628, art. 4-16, 20
Criterio
Aprueba convenio de intercambio de información entre DIRECON y SII para contribuir a una gestión más eficiente de sus funciones, respetando las limitaciones legales en protección de datos personales, secreto tributario y medidas de seguridad. La información intercambiada no podrá utilizarse para fines distintos a los autorizados y debe cumplir con las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de la Vida Privada y Código Tributario.
Servicio de Impuestos Internos Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios --- | Aspecto | Detalle | |---|---| | Resolución | EX. SII N° 82 | | Tribunal/Institución | Servicio de Impuestos Internos | | Materia | Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y el Servicio de Impuestos Internos | | Lugar | Santiago | | Fecha | 13 de septiembre de 2018 | --- - Artículos 1° y 7° letras a), c) y o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda. - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. - Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. - D.F.L. Nº 53, de 1979, que crea la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores y establece su estatuto orgánico. --- I. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. II. Que la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales tiene como misión ejecutar y coordinar la política de gobierno en materia de relaciones económicas internacionales, para promover una adecuada inserción de Chile en el mundo, mediante la negociación y administración de acuerdos económicos internacionales y la promoción de exportaciones de bienes y/o servicios nacionales. III. Que, en virtud de lo anterior, el Servicio de Impuestos Internos y la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales han acordado suscribir el presente convenio destinado al intercambio de información entre ambos, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. --- Apruébase el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 27 de julio de 2018, cuyo texto es el siguiente: --- Entre Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y Servicio de Impuestos Internos | Aspecto | Detalle | |---|---| | Fecha de suscripción | 27 de julio de 2018 | | Lugar | Santiago | --- | Institución | RUT | Representante | Cédula de Identidad | Domicilio | |---|---|---|---|---| | Servicio de Impuestos Internos (SERVICIO) | 60.803.000-K | Fernando Barraza Luengo | 9.403.994-0 | Teatinos N° 120, Santiago | | Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | 70.020.190-2 | Rodrigo Yáñez Benítez | 10.683.614-0 | Teatinos N° 180, piso 12, Santiago | --- PRIMERO. La Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales es un servicio público dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, creado por el Decreto con Fuerza de Ley Nº 53, de 1979, que tiene como misión ejecutar y coordinar la política de gobierno en materia de relaciones económicas internacionales, para promover una adecuada inserción de Chile en el mundo, mediante la negociación y administración de acuerdos económicos internacionales y la promoción de exportaciones de bienes y/o servicios nacionales. SEGUNDO. De acuerdo al artículo 1° de su Ley Orgánica, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de Hacienda, de 30 de septiembre de 1980, al SERVICIO le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. En razón de dicho objeto, obtiene y procesa información de los contribuyentes. TERCERO. En razón de lo anterior, considerando el princi

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