Resolución Exenta N° 83 de 2018

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 83 de 2018, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
14-09-2018
Materia
Exclusión excepcional de contribuyentes de nómina de sujetos a retención de IVA
Normas citadas
19880, art. 52; DFL7, art. 9; Ley del IVA (DL 825), art. 3; Ley del IVA (DL 825), art. Título IV; Código Tributario (DL 830), art. 1; Reglamento de la Ley del IVA (D.S. 55/1977), art. Título XIII
Criterio
El SII excluyó excepcionalmente a tres contribuyentes de la nómina de sujetos a retención de IVA por haber demostrado disposición para solucionar sus brechas de cumplimiento tributario sin causar perjuicio fiscal, considerando que se trataba de la primera implementación de estas nóminas.
Servicio de Impuestos Internos Subdirección de Fiscalización — Departamento de Análisis Masivo del Cumplimiento Tributario Fecha: 14 de septiembre de 2018 Materia: Exclusión de nómina de contribuyentes sujetos a retención --- 1. Lo dispuesto en el Nº 5, letra B), del artículo 6° del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. Nº 830, de 1974; lo dispuesto en el artículo 9° y siguientes del D.F.L. Nº 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; el artículo 3° y el Título IV de la Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, D.L. Nº 825, de 1974; el Título XIII del D.S. Nº 55 de Hacienda, de 1977, que contiene el Reglamento del D.L. Nº 825, de 1974; el artículo 52 de la Ley Nº 19.880 que "Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado"; la Resolución Ex. SII Nº 42, de 30 de abril de 2018 y la Resolución Ex. SII Nº 54, de 29 de junio de 2018. 2. Las peticiones efectuadas por los contribuyentes: | Contribuyente | RUT | |---|---| | Ferroman S.A. | 88.198.500-4 | | Global Fluid S.A. | 86.217.800-9 | | Comercial y Transportes Trafyco SpA | 76.744.060-K | en las cuales solicitan ser excluidos de la Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención establecida en la Resolución Ex. SII Nº 54, de 29 de junio de 2018. --- PRIMERO. Que, mediante Resolución Ex. SII Nº 42, de 30 de abril de 2018, este Servicio en uso de sus facultades, estableció el cambio de sujeto total de derecho para el cumplimiento de IVA, en aquellos casos de contribuyentes que reiteradamente presentan brechas de cumplimiento tributario asociadas a las obligaciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) o a la facturación electrónica, redefiniéndose los requisitos para obtener la calidad de agente retenedor y de contribuyente sujeto a retención. SEGUNDO. Que el Resolutivo 3 de la resolución antes citada creó los registros denominados "Nómina de Agentes Retenedores" y "Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención": - El primero corresponde al listado de contribuyentes obligados a actuar como agentes retenedores. - El segundo corresponde al listado de contribuyentes cuyas operaciones gravadas con IVA estarán afectas al cambio de sujeto. TERCERO. Que, de conformidad con lo dispuesto en el Resolutivo 4º de la Resolución Ex. SII Nº 42, se emitió la Resolución Ex. SII Nº 54 con fecha 29 de junio de 2018, mediante la cual se fijaron las nóminas de agentes retenedores y de contribuyentes sujetos a retención. CUARTO. Que las nóminas fijadas por la Resolución Ex. SII Nº 54 comenzaron a regir a contar del día 1 de agosto de 2018, hasta el último día hábil del mes de diciembre del presente año. QUINTO. Que los contribuyentes solicitantes, en conocimiento de encontrarse incluidos en la "Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención", han demostrado su especial disposición para solucionar sus brechas de cumplimiento tributario, no causando un perjuicio fiscal. SEXTO. Que este Servicio, excepcionalmente, por tratarse de la primera nómina de contribuyentes sujetos a retención que se implementa y, teniendo en consideración la situación señalada en el considerando anterior, ha decidido acceder a las peticiones formuladas por los contribuyentes. --- 1. EXCLÚYESE excepcionalmente, a contar del 1º de agosto de 2018, de la "Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención", fijada conforme a Resolución Ex. SII Nº 54, de 29 de junio de 2018, a los contribuyentes: | Contribuyente | RUT | |---|---| | Ferroman S.A. | 88.198.500-4 | | Global Fluid S.A. | 86.217.800-9 | 2. EXCLÚYESE excepcionalmente, a contar del 1º de septiembre de 2018, de la "Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención", fijada conforme a Resolución Ex. SII Nº 54, de 29 de junio de 2018, al contribuyente: | Contribuyente | RUT | |---|---| | Comercial y Transportes Trafyco SpA | 76.744.060-K | --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE Víctor Villalón Méndez Subdirector de Fiscalización

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