Resolución Exenta N° 89 de 2016

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 89 de 2016, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
31-08-2016
Materia
Aprueba convenio de colaboración entre SII y Centro de Conocimiento Tributario CCT Chile SpA para plataforma de autoconsulta tributaria
Normas citadas
DFL7/1980, art. 1; DFL7/1980, art. 7
Criterio
Se aprueba el convenio de colaboración entre SII y CCT CHILE SpA para patrocinar una plataforma de autoconsulta tributaria que proporciona material normativo, jurisprudencia y doctrina sobre las reformas tributarias de las leyes 20.780 y 20.899. El SII autoriza el uso no exclusivo de su logo institucional sin asumir responsabilidad por la veracidad de contenidos ni desembolso alguno de caudales públicos.
| Concepto | Detalle | |---|---| | Tribunal | Servicio de Impuestos Internos | | Subdirección | Asuntos Corporativos | | Materia | Aprueba convenio de colaboración entre SII y Centro de Conocimiento Tributario CCT CHILE SpA | | Lugar | Santiago | | Fecha | 31 de agosto de 2016 | --- - Artículos 1° y 7° letras a) y q) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7 de 1980. - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. - Resolución N° 1600/2008 de la Contraloría General de la República. --- Primero.- Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. Segundo.- Que el Director tiene la atribución, responsabilidad y obligación de planificar las labores del Servicio y desarrollar políticas y programas que promuevan la más eficiente administración y fiscalización de los impuestos. Asimismo, tiene la atribución de llevar a cabo acciones de capacitación destinadas a los contribuyentes, sus representantes y a sus colaboradores o intermediarios tributarios en materia de tributación fiscal interna, y de establecer acuerdos u otras acciones orientadas a promover el cumplimiento tributario. Tercero.- Que el Centro de Conocimiento Tributario CCT CHILE SpA se encuentra implementando una plataforma de autoconsulta tributaria que tiene por objeto proveer a la ciudadanía de material normativo, jurisprudencia y doctrina cuyo conocimiento masivo coadyuva a la aplicación correcta de las nuevas normativas incluidas en las leyes N° 20.780 y N° 20.899, que modifican el sistema de tributación de la renta e introducen diversos ajustes al sistema tributario chileno. Cuarto.- Que, en virtud de lo anterior, y en cumplimiento de sus funciones y en el marco de las normas legales y reglamentarias pertinentes, el Servicio de Impuestos Internos y Centro de Conocimiento Tributario CCT CHILE SpA han acordado suscribir un convenio de patrocinio de la plataforma para el uso no exclusivo del logo institucional del Servicio. --- Apruébese el convenio de colaboración entre el Servicio de Impuestos Internos y Centro de Conocimiento Tributario CCT CHILE SpA, celebrado el 04 de agosto de 2016, cuyo texto es el siguiente: --- Lugar y fecha de celebración: Santiago, 04 de agosto de 2016 --- | Institución | RUT | Representante | Cédula | Domicilio | |---|---|---|---|---| | Servicio de Impuestos Internos | 60.803.000-K | Fernando Barraza Luengo | 9.403.994-0 | Teatinos N° 120, Santiago | | CCT CHILE SpA | 76.541.123-8 | Manuel José Mánquez Hatta | 9.391.819-3 | Avenida El Bosque Norte N° 0125, piso 8, Las Condes | --- De acuerdo al artículo 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7 de Hacienda de 30 de septiembre de 1980, al SERVICIO le corresponde la aplicación y fiscalización de los tributos internos. La letra a) del artículo 7° de ese cuerpo normativo señala que el Director tiene la autoridad, atribuciones y deberes inherentes a su calidad de Jefe Superior del Servicio y, en consecuencia, le corresponde la atribución, responsabilidad y obligación de planificar las labores del Servicio y desarrollar políticas y programas que promuevan la más eficiente administración y fiscalización de los impuestos. A su vez, la Ley N° 20.899 incluyó la nueva letra q) que señala: --- La EMPRESA se encuentra implementando una plataforma de autoconsulta tributaria, en adelante la "Plataforma", que tiene por objeto proveer a la ciudadanía de material normativo, jurisprudencia y doctrina, cuyo conocimiento masivo coadyuva a la aplicación correcta de las nuevas normativas incluidas en las leyes N° 20.780 y N° 20.899, sobre Reforma Tributaria y simplificación de la Reforma Tributaria

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