Resolución Exenta N° 97 de 2026

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 97 de 2026, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
22-07-2026
Materia
Otórguese acceso a la siguiente institución a la interfaz de programación de aplicaciones (API) inicio de actividades
SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE OFICINA DE OPERACIONES DE ASISTENCIA GE00384129 OTÓRGUESE ACCESO A LA SIGUIENTE INSTITUCIÓN A LA INTERFAZ DE PROGRAMACIÓN DE APLICACIONES (API) INICIO DE ACTIVIDADES SANTIAGO, 22 DE JULIO DE 2026 RESOLUCIÓN EX. SII N°97.- VISTOS Lo dispuesto en el artículo 6° letra A) N° 3, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° , del D.L. N° 830, de 1974; en la Resolución N° 117, del 10.09.2025, que establece los requisitos y procedimiento que deben cumplir las instituciones que requieran tener acceso a la API Inicio de Actividades ; y la presentación efectuada por ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUINTA NORMAL , RUT N° 69.071.000-5, por medio de la que solicita acceso a la API Inicio de Actividades. CONSIDERANDO: 1° Que, para tales efectos, el solicitante cumple los requisitos y realizó la solicitud de acuerdo con el procedimiento señalado en la Resolución N° 117, del 10.09.2025, que fue debidamente examinada por este Servicio. 2° Que, a partir de la fecha de esta resolución , el Servicio de Impuestos Internos se reserva el derecho de dejar sin efecto la presente autorización de acceso a la API Inicio de Actividades, si se comprobase que la institución no estuviese utilizando la API para los fines establecidos, para dar cumplimiento a lo indicado en la Ley N° 21.713. 3° Que, a partir del año en que se publique esta resolución, el Servicio de Impuestos Interno s podría solicitar revalidar esta autorización a través de una nueva resolución, si es que las condiciones administrativas y/o tecnológicas así lo ameriten . 4° Que, en virtud de lo anterior, es posible concluir favorablemente a su petición, toda vez, que es posible confirmar que, reúne las condiciones señaladas en la Resolución Ex. N° 117, del 2025. 5° Que, la facultad de otorgar acceso a las instituciones a la A PI Inicio de Actividades se encuentra delegada en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente, conforme lo dispuesto en la Resolución Ex. N° 117, del 2025. SE RESUELVE: HA LUGAR A LO SOLICITADO, otórguese acceso a ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUINTA NORMAL, RUT N° 69.071.000 -5 a la API Inicio de Actividades, de acuerdo con el procedimiento interno establecido por el Servicio de Impuestos Internos . ANOTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE EN INTERNET. SUBDIRECTOR (S) DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE CPE/SKT/mfo Distribución: - Internet - Ilustre Municipalidad de Quinta Normal manuel.carrasco@quintanormal.cl

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