Resolución Exenta N° 98 de 2021

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 98 de 2021, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
26-08-2021
Materia
Reemplazo de formatos e instrucciones de declaraciones juradas sobre rentas de trabajadores dependientes
Normas citadas
DFL7/1980, art. 1; Código Tributario (DL 830), art. 33bis; Código Tributario (DL 830), art. 35; Código Tributario (DL 830), art. 6; Código Tributario (DL 830), art. 60; Ley de la Renta (DL 824), art. 42; Ley de la Renta (DL 824), art. 47; Ley21210, art. 19
Criterio
Reemplazar los formatos e instrucciones de las Declaraciones Juradas Formularios N° 1879, 1887, 1903 y 1943, así como las instrucciones de los Formularios N° 1947 y 1929, con vigencia desde el año tributario 2022. Se elimina la obligación de empleadores de presentar el Formulario N° 1879 para trabajadores de artes y espectáculos, quienes ahora tributan como trabajadores dependientes bajo las normas generales del Impuesto Único de Segunda Categoría.
Santiago, 26 de agosto de 2021 --- - Artículos 6° letra A N° 1, 33 bis, 35 y 60 del Código Tributario (contenido en artículo 1° del D.L. N° 830 de 1974) - Artículos 1°, 4° bis y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda) - Artículo décimo noveno de la Ley N° 21.210 de 2020 - Resoluciones Exentas SII N° 4085 de 1990 y sus modificaciones posteriores - Resolución Exenta SII N° 6836 de 1993 y sus modificaciones posteriores - Resolución Exenta SII N° 86 de 2012 y sus modificaciones posteriores - Resolución Exenta SII N° 120 de 2016 y sus modificaciones posteriores - Resolución Exenta SII N° 86 de 2018 - Resoluciones Exentas SII N° 97 y N° 127 de 2020 --- PRIMERO: Que a este Servicio le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente y, asimismo, fiscalizar en forma eficiente y oportuna la correcta aplicación de las franquicias y beneficios tributarios que la ley establece. SEGUNDO: Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 bis del Código Tributario, junto con sus declaraciones, los contribuyentes deberán acompañar o poner a disposición del Servicio, en virtud de las disposiciones legales o administrativas que correspondan, documentos y antecedentes, pudiendo este Servicio, mediante resolución fundada, requerir a los contribuyentes informes o declaraciones juradas sobre materias específicas e información determinada propia del contribuyente o de terceros. TERCERO: Que este Servicio, mediante las Resoluciones Exentas señaladas en los vistos, estableció que las declaraciones juradas, instrucciones y certificados que en ellas se indican, deben ser presentadas en la forma y plazo que fijó al efecto. CUARTO: Que mediante Resolución Exenta SII N° 86 de fecha 28 de septiembre de 2018, se estableció la obligación de presentar la Declaración Jurada Formulario N° 1879, a los empleadores de trabajadores de las artes y espectáculos. QUINTO: Que el artículo décimo noveno de la Ley N° 21.210 de 2020 eliminó el artículo 145-L del Código del Trabajo, por lo que las rentas que obtengan los trabajadores cuyos contratos se regulen en el Capítulo IV del Título II del Libro I del Código citado, deben tributar según las normas generales para este tipo de contribuyentes. Esto es, por tratarse de trabajadores dependientes, sus remuneraciones se afectan con el Impuesto Único de Segunda Categoría, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 42 N° 1 de la LIR, con el derecho a reliquidar anualmente el impuesto, de acuerdo con el actual inciso tercero del artículo 47 de la LIR. SEXTO: Que por razones de buen servicio resulta necesario reemplazar el formato y contenido de las declaraciones juradas a que se refieren las resoluciones señaladas en los vistos, así como sus respectivas instrucciones de llenado en los casos que corresponda. --- PRIMERO: REEMPLÁZASE el formato y contenido de las Declaraciones Juradas Formularios N° 1879, 1887, 1903 y 1943 y sus correspondientes instrucciones de llenado, por el formato e instrucciones que se contienen en los Anexos N° 1 al 8 de la presente resolución. SEGUNDO: REEMPLÁZASE las instrucciones de llenado de las Declaraciones Juradas Formularios N° 1947 y 1929, por las instrucciones que se contienen en los Anexos N° 9 y 10 de la presente resolución. TERCERO: MODIFÍQUESE la Resolución Exenta SII N° 86 de fecha 28 de septiembre de 2018, en el sentido de eliminar la obligación de los empleadores de presentar la Declaración Jurada Formulario N° 1879 por las rentas pagadas a trabajadores de las artes y espectáculos regidos por los artículos 145 A y siguientes del Código del Trabajo. CUARTO: Los Anexos N° 1 al N° 10 de la presente resolución, que se entienden formar parte integrante de ella, se publicarán conju

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