Oficio N° 1024 de 2021

Vigente

En breve

Documento
Oficio N° 1024 de 2021, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
22-04-2021
Materia
Documentos que se deben emitir por el servicio de acreditación en el Registro de Proveedores.
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 2; Ley del IVA (DL 825), art. 8; Ley N° 19.886, art. 16
Criterio
El pago de tarifa por inscripción en el Registro de Proveedores no constituye un servicio según la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios, por lo que no procede emitir facturas ni boletas de ventas y servicios. ChileCompra puede utilizar cualquier documento interno que acredite fehacientemente la percepción de las sumas pagadas.
VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 2, N°2, ART. 8 – LEY N° 19.886, ART. 16 - RES. EX. N° 6080 DE 1999. (ORD. N° 1024, DE 22.04.2021) Documentos que se deben emitir por el servicio de acreditación en el Registro de Proveedores. Se ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre el documento tributario que corresponde emitir para respaldar legalmente la operación de pago del servicio de acreditación en el Registro Nacional de Proveedores del Estado. I ANTECEDENTES De acuerdo con su presentación, el Registro de Proveedores del Estado corresponde a la nómina que maneja la Dirección de Compras y Contratación Pública, ChileCompra, respecto de las empresas proveedoras que transan con más de 850 instituciones públicas a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, cuya finalidad, de acuerdo al artículo 81 del Reglamento de Compras Públicas, es registrar y acreditar antecedentes, historial de contratación con las Entidades, situación legal, financiera, idoneidad técnica, así como la existencia de las causales de inhabilidad, de los proveedores, para contratar con las entidades, como también disponer información de los proveedores a los organismos para que puedan tomar sus decisiones de compra. El mencionado Registro de Proveedores se inicia con la inscripción de los usuarios en la plataforma. Opcionalmente se puede pagar una tarifa para que sus antecedentes se revisen y almacenen en línea (en el caso que alguno de ellos cargue documentos en su ficha privada), y se pueda obtener la habilidad actualizada de su empresa para contratar con el Estado. Si el usuario opta por esta alternativa, debe pagar la tarifa que varía de acuerdo al tamaño de la empresa que está pagando y en base a la duración (anual o semestral) que se está acreditando. Una vez pagada la tarifa se efectúa la revisión de los antecedentes en 4 fuentes de información pública diferentes, en el caso que el proveedor cumpla con todo, su situación es de proveedor hábil para contratar con el Estado. Si el proveedor no cumple con alguna de estos requisitos, su condición pasará a Inhábil para contratar con el Estado. Las tarifas que se pagan actualmente son determinadas por medio de una resolución (actualmente, en la Resolución Exenta N° 27 de 2021), que incluye los valores por tamaño de empresa y no existen valores adicionales por otros conceptos: Desde el inicio, la operación del Registro de Proveedores se mantuvo externalizada, en la TTTT (TTTT), quienes se han adjudicado las licitaciones para dar soporte a Registro y dentro de sus funciones estaba la recaudación de las tarifas. El modelo externalizado termina el 27 de abril de 2021, por lo que a partir del 28 de abril el servicio será operado directamente por ChileCompra, por lo que el cobro de las tarifas a las empresas usuarias se hará por medio de botón de pagos de la Tesorería General de la República, integración que se enmarca en el desarrollo de un nuevo modelo de Registro de Proveedores del Estado. Expresa que ChileCompra es un servicio público descentralizado, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República, a través del Ministerio de Hacienda, cuya principal función consiste en administrar el Sistema de Compras Públicas de Chile, Mercado Público, a través del cual los organismos de la Administración del Estado realizan de manera independiente sus compras y contrataciones y los proveedores ofertan sus bienes y servicios. Luego de referirse en detalle a la normativa vigente en materia del Registro de Proveedores del Estado, en el punto 4 de su presentación solicita un pronunciamiento respecto del documento tributario que corresponde emitir para respaldar legalmente la operación de pago por la prestación o servicio de acreditación en el Registro Nacional de Proveedores del Estado, que entrega a sus usuarios, quienes serán los receptores de las revisiones, de datos y documentación, incorporados por ley y reglamento en el servicio. Específicamente se requiere saber si s

Artículos citados

Descargar PDF

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA