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Fecha: 2019-04-04
Consulta sobre forma de aplicar el mecanismo de restitución de IVA por operaciones exentas o no gravadas que no incidieron en la generación del remanente de crédito fiscal devuelto conforme al artículo 27 bis del D.L. N° 825, de 1974.
Para el cálculo de la restitución adicional conforme al art. 27 bis inciso 2.º DL 825/1974, debe considerarse el total de operaciones efectuadas por el contribuyente en cada período tributario, incluyendo operaciones no gravadas o exentas, sin excluir aquellas que no utilicen los activos fijos que originaron la devolución anticipada del crédito fiscal. El IVA, determinado sobre base financiera, requiere considerar el crédito y débito fiscal como un solo conjunto sin distinción según el destino efectivo de los bienes adquiridos.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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